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V0436-14 18 février 2014 · SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior Critère en vigueur
OTRO · gases fluorados

Exonération de la taxe sur les gaz fluorés : obligation d'inscription au registre territorial pour l'acquéreur

Une entreprise de réparation de climatisation s'interroge sur l'assujettissement à la taxe sur les gaz fluorés à effet de serre (IGFEI) lors de l'achat de gaz pour ses prestations. La DGT précise que l'exonération de cette taxe est conditionnée par l'inscription au registre territorial et la communication du code d'activité des gaz fluorés (CAF) au fournisseur.

La question posée

Cuestión planteada 1ª.- Las compras de gases sujetos a dicho impuesto que realice a su proveedor cuando su adquisición tenga por objeto la carga, recarga, reparación o mantenimiento de productos o equipos previamente usados ¿debe soportar el Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero en la factura que le expida su proveedor?

La position de la DGT

El adquirente de gases para carga, recarga, reparación o mantenimiento de equipos es consumidor final y debe soportar el impuesto si no está inscrito en el registro territorial. Para ostentar la condición de revendedor y realizar compras exentas, debe inscribirse en el registro de su oficina gestora y facilitar su Código de Actividad de los Gases Fluorados (CAF) al vendedor. Si actúa como revendedor, deberá repercutir el impuesto en sus ventas y presentar autoliquidaciones cuatrimestrales.

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