Aller au contenu
Retour à l'index
V0380-16 1 février 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · escisión total

Application du régime spécial de scission en cas d'opération proportionnelle et de motifs économiques valables

Une société de gestion de participations s'interroge sur la possibilité d'appliquer le régime spécial de la LIS à une scission totale visant à séparer des excédents de trésorerie. La DGT conclut qu'une scission proportionnelle remplit les conditions requises et que les motifs invoqués présentent une validité économique.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación planteada podría acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos económicos pueden considerarse como válidos a efectos de la aplicación del citado régimen especial.

La position de la DGT

Si la escisión se realiza en el ámbito mercantil y es una escisión total proporcional, se cumplen las condiciones del artículo 76 de la LIS sin necesidad de que los patrimonios constituyan ramas de actividad. Los motivos económicos para la operación deben ser válidos y no tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal. En este caso, la separación de recursos financieros para reducir riesgos y profesionalizar la gestión se considera una razón económica válida según el artículo 89.2 de la LIS.

L’appliquer à un cas réel

Ce qui est publié ici, appliqué à une entreprise ou à un cas concret. Le premier rendez-vous est gratuit.

Email
Contact