Aller au contenu
Retour à l'index
V0342-26 18 février 2026 · SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente Critère en vigueur
OTRO · sujeto pasivo

Exonération possible de la taxe sur les cendres d'incinération si le déchet d'origine a déjà été taxé

Une association de gestionnaires de déchets interroge sur l'application de la taxe relative à la mise en décharge, l'incinération et la co-incinération des déchets. La DGT précise la responsabilité des substituts, les conditions d'exonération pour les cendres et les déchets valorisés, ainsi que les taux applicables selon le type de décharge.

La question posée

Cuestión planteada Se plantean diversas preguntas en relación con el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.

La position de la DGT

Las cenizas y escorias de la valorización energética están exentas si proceden de residuos que ya tributaron por este impuesto, aunque se les aplique un tratamiento de estabilización previo. La exención para residuos de valorización no se aplica a los rechazos de residuos municipales ni a operaciones de tratamiento intermedio (R12, R13, D8, D9, D13, D14 y D15). Los residuos de amianto en vertederos no peligrosos deben tributar según el apartado 93.1.a) de la Ley 7/2022, sin poder aplicar los tipos de vertederos peligrosos. Para aplicar tipos reducidos por exención de tratamiento previo, las autoridades competentes deben haber concedido dicha exención formalmente.

Email
Contact