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V0334-24 7 mars 2024 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · entidades de previsión social voluntaria

Application de la réduction de 40 % aux prestations en capital des EPSV

Le consultant s'interroge sur l'éligibilité à la réduction de 40 % prévue par l'ancienne réglementation concernant les prestations en capital versées par les Entités de Prévoyance Social Volontaire (EPSV). La DGT confirme que cette application est possible pour la part des cotisations versées jusqu'en 2006, sous réserve du respect des conditions et des délais légaux.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar la reducción del 40 por ciento contemplada en la disposición transitoria duodécima de la Ley 35/2006 a las prestaciones que obtenga de las EPSV en forma de capital.

La position de la DGT

Las prestaciones de planes de pensiones y de EPSV se consideran rendimientos del trabajo. Si se perciben en forma de capital, se puede aplicar la reducción del 40% a la parte de la prestación correspondiente a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006. Para ello, deben haber transcurrido más de dos años desde la primera aportación y percibirse dentro de los plazos de la disposición transitoria duodécima. La reducción se aplica de forma independiente a cada plan o mutualidad.

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