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V0263-19 12 février 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Impossibilité de réduire de 30 % les indemnités versées sur plusieurs années ou les clauses de non-concurrence

Le demandeur s'interroge sur l'application de réductions fiscales à une indemnité de rupture conventionnelle, à une indemnité de non-concurrence et à une prestation d'assurance vie. La DGT précise que la réduction de 30 % ne s'applique pas si les versements sont échelonnés sur plusieurs années ou s'ils concernent une clause de confidentialité, mais qu'une réduction de 40 % pourrait s'appliquer à la part relative à l'assurance vie sous certaines conditions.

La question posée

Cuestión planteada Tributación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la indemnización por extinción de la relación laboral percibida por el consultante y de la indemnización por el pacto de no competencia. Aplicación de la reducción contemplada en el artículo 18.2 de la ley del Impuesto sobre la renta de las personas físicas. Tributación de la prestación del seguro de vida, posibilidad de aplicar el régimen contemplado en la disposición transitoria undécima de la Ley del Impuesto, a la prestación que reciba en forma de capital .en el momento de su jubilación.

La position de la DGT

La reducción del 30% por rendimientos notoriamente irregulares no aplica a la indemnización por mutuo acuerdo si se imputa en más de un período impositivo. Tampoco aplica a la indemnización por pacto de confidencialidad por no ser un rendimiento notoriamente irregular ni tener un período de generación superior a dos años. Respecto al seguro colectivo, se puede aplicar la reducción del 40% a la parte de la prestación correspondiente a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, siempre que se perciba en forma de capital y se cumplan los requisitos del régimen transitorio.

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