Las pérdidas por estafas online con querella presentada no son imputables en IRPF hasta que transcurra un año desde un procedimiento judicial de ejecución del crédito
Ficha tecnica
Resumen
Un contribuyente víctima de estafas por internet en 2020-2022, con querellas interpuestas en 2023, pregunta cuándo puede computar las pérdidas patrimoniales en IRPF. La DGT concluye que la mera querella no basta, pues el artículo 14.2.k).3º LIRPF exige que transcurra un año desde el inicio de un procedimiento judicial destinado a la ejecución del crédito, que es distinto de un proceso penal por estafa.
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.