Fiscal · Facturación 2027
Factura electrónica y Verifactu: ¿estás obligado y desde cuándo?
Dos obligaciones distintas que se confunden. Comprueba tus fechas: Verifactu (software de facturación) y la factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece. Fechas verificadas (RD-ley 15/2025 y RD 238/2026).
Comprueba tus obligaciones
Indica tu perfil y obtén las fechas de Verifactu y de la factura electrónica B2B
Determina el plazo de la factura electrónica B2B
Verifactu (software de facturación)
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Factura electrónica B2B (Crea y Crece)
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Resultado orientativo basado en la normativa vigente a la fecha de revisión. Las obligaciones concretas y sus excepciones dependen de la actividad y de eventuales prórrogas. Para adaptar sus sistemas, consulte con nuestros asesores.
Calendario de Verifactu
| Sujeto obligado | Obligado desde |
|---|---|
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos (IRPF), atribución de rentas y no residentes con EP | 1 de julio de 2027 |
| Contribuyentes acogidos al SII | Exentos de Verifactu |
Calendario de la factura electrónica B2B
| Sujeto obligado | Obligado desde |
|---|---|
| Empresas con facturación superior a 8 M€ | Octubre de 2027 |
| Pymes y autónomos con facturación inferior a 8 M€ | Octubre de 2028 |
Fuentes: RD 1007/2023 (Verifactu) · RD 238/2026 (factura electrónica B2B) · Ley 18/2022 (Crea y Crece) · RD-ley 15/2025 (aplazamiento de Verifactu)
Verifactu no es lo mismo que la factura electrónica B2B
La confusión más común es tratar Verifactu y la factura electrónica B2B como la misma obligación. Son dos cosas diferentes que conviven:
- Verifactu (RD 1007/2023) regula el software de facturación: cómo debe generar los registros (inalterables, encadenados con huella) y el código QR de cada factura. Es una relación entre el emisor y Hacienda. Afecta a la práctica totalidad de pymes y autónomos en estimación directa, salvo los que están en el SII.
- La factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece, RD 238/2026) regula el formato del documento y su intercambio entre empresas y autónomos: obliga a emitir y recibir las facturas en formato estructurado (Facturae) y a comunicar su estado. Es una relación entre emisor y receptor, con la finalidad añadida de combatir la morosidad comercial.
En la práctica, la mayoría de las empresas tendrán que cumplir las dos: un software conforme a Verifactu que, además, emita y reciba facturas electrónicas estructuradas cuando llegue su plazo B2B. Planificar la adaptación con antelación evita las prisas de última hora y las sanciones.
Ventaja de ser cliente de BMC
No compres software: factura compliant desde tu plataforma
Adaptarse a Verifactu y a la factura electrónica no tiene por qué costarte licencias ni configuraciones. La plataforma de BMC incluye, sin coste adicional para nuestros clientes, una herramienta para emitir tus facturas: registros conformes a Verifactu (inalterables y con QR) y en formato electrónico estructurado (Facturae), con series y numeración según la norma. Cumples desde el primer día, con tu asesoría fiscal integrada en el mismo sitio.
Conforme a Verifactu
Registro inalterable, encadenado y con código QR verificable en la AEAT.
Formato Facturae
Factura electrónica estructurada, preparada para el mandato B2B.
Sin coste añadido
Incluida para los clientes de BMC. Sin licencias externas que comprar.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre Verifactu y la factura electrónica obligatoria?
¿Desde cuándo es obligatorio Verifactu?
¿Desde cuándo es obligatoria la factura electrónica B2B?
¿Estoy obligado si ya presento el SII?
¿Qué requisitos técnicos exige Verifactu?
¿Cómo se intercambian las facturas electrónicas B2B?
Lecturas recomendadas
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Conceptos clave
Esta herramienta ofrece una estimación orientativa. Un especialista puede analizar su situación concreta en detalle.
Metodología y fuentes
Este comprobador aplica la normativa vigente sobre Verifactu (RD 1007/2023, con las fechas fijadas por el RD-ley 15/2025) y sobre la factura electrónica B2B (Ley 18/2022 Crea y Crece, desarrollada por el RD 238/2026) para determinar, según tu perfil, si estás obligado y desde qué fecha.
Supuestos aplicados por esta calculadora
- Dos obligaciones independientes
- Verifactu (requisitos del software de facturación) y la factura electrónica B2B (formato e intercambio) son obligaciones distintas con calendarios propios. El comprobador las evalúa por separado.
- Exención de Verifactu por SII
- Los contribuyentes acogidos al Suministro Inmediato de Información quedan fuera del ámbito de Verifactu, porque ya remiten sus registros de facturación a la AEAT. El comprobador aplica esta exención cuando se marca la casilla del SII.
- Plazos B2B por facturación
- El RD 238/2026 fija plazos graduales: octubre de 2027 para empresas con facturación superior a 8 millones de euros y octubre de 2028 para pymes y autónomos por debajo de ese umbral.
- Sujeto a prórrogas
- El calendario de Verifactu ya se aplazó una vez (RD-ley 15/2025). Las fechas pueden variar por futuras normas; verifique siempre la vigencia antes de tomar decisiones.
Fuentes oficiales
- RD 1007/2023 — Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (Verifactu)
- RD 238/2026 — factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales
- AEAT — Sistemas informáticos de facturación y Verifactu
Última revisión: 2026-07-05
Revisado por: Bárbara Botía — Of Counsel · ICAM colegiada 11.233
Esta calculadora ofrece una estimación con fines informativos. No sustituye al asesoramiento profesional. Los resultados pueden variar en función de circunstancias personales y de cambios normativos. Para una planificación adaptada a tu caso, consulta con un asesor.
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