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Fiscal · Sociedades 2026

Calculadora del Impuesto de Sociedades 2026

Calcula la cuota del Impuesto sobre Sociedades a partir de tu base imponible y régimen. Tipos 2026 verificados: general 25 %, microempresa 19 %/21 %, reducida dimensión 23 %, nueva creación 15 %.

Tipos verificados (Ley 7/2024) Régimen automático por cifra de negocios Sin registro · Sin PDF gate

Introduce los datos de la entidad

Base imponible del período · El régimen se determina automáticamente por la cifra de negocios

Resultado contable tras ajustes extracontables y compensación de bases imponibles negativas

Importe neto de la cifra de negocios: menos de 1 M€ = microempresa · 1-10 M€ = reducida dimensión · más de 10 M€ = general

Pagos fraccionados (Modelo 202) y retenciones soportadas para estimar la cuota a ingresar

Tipos de gravamen del Impuesto de Sociedades 2026

La Ley 7/2024 estableció una senda de reducción progresiva de los tipos para microempresas y empresas de reducida dimensión entre 2025 y 2029. Estos son los tipos vigentes en 2026:

Tipos de gravamen del Impuesto de Sociedades 2026 por régimen
Régimen Ámbito Tipo 2026
General Resto de entidades 25 %
Microempresa INCN del período anterior < 1 M€ 19 % (primeros 50.000 €) y 21 % (resto)
Reducida dimensión (ERD) INCN entre 1 y 10 M€ 23 % (2026; senda a 20 % en 2029)
Entidad de nueva creación 1er período con base positiva y el siguiente 15 %

Fuente: AEAT — Tipo impositivo IS · Ley 27/2014 (LIS, art. 29) · Ley 7/2024 (DT 44ª LIS, senda de tipos)

Cómo se calcula la cuota del Impuesto de Sociedades

La liquidación del Impuesto sobre Sociedades parte del resultado contable y llega a la cuota en varias fases. Esta calculadora estima la cuota íntegra, que es solo uno de los pasos:

  1. Base imponible: resultado contable ± ajustes extracontables (diferencias permanentes y temporarias) − compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores.
  2. Régimen aplicable: se determina por el importe neto de la cifra de negocios (INCN) del período anterior. Microempresa (menos de 1 M€), reducida dimensión (1-10 M€) o general (más de 10 M€). Las entidades de nueva creación aplican el 15 % en su primer período con base positiva y el siguiente, con independencia de su tamaño.
  3. Cuota íntegra: base imponible × tipo de gravamen. En microempresa, el 19 % se aplica sobre los primeros 50.000 € de base y el 21 % sobre el exceso.
  4. Cuota líquida: cuota íntegra − deducciones y bonificaciones (por doble imposición, I+D+i, donativos, etc.), con el límite de la cuota líquida mínima del art. 30 bis LIS para grandes contribuyentes.
  5. Cuota diferencial a ingresar: cuota líquida − retenciones soportadas − pagos fraccionados ya ingresados (Modelo 202).

Esta herramienta cubre los pasos 1 a 3 (cuota íntegra) y estima la cuota diferencial restando las retenciones y pagos a cuenta que introduzcas. No modela las deducciones ni la cuota mínima, que requieren un análisis individualizado.

Preguntas frecuentes sobre el Impuesto de Sociedades

¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades y quién debe presentarlo?
El Impuesto sobre Sociedades (IS) es un tributo directo que grava la renta obtenida por las sociedades y demás entidades jurídicas residentes en España (sociedades limitadas, anónimas, cooperativas, asociaciones, fundaciones y otras entidades con personalidad jurídica). Se autoliquida anualmente mediante el Modelo 200, con pagos fraccionados a cuenta a lo largo del ejercicio (Modelo 202). El punto de partida es el resultado contable, sobre el que se practican los ajustes extracontables y la compensación de bases imponibles negativas para determinar la base imponible.
¿Cuáles son los tipos del Impuesto de Sociedades en 2026?
En 2026 conviven cuatro tipos: (1) el tipo general del 25%; (2) el tipo de microempresa, para entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) del período anterior sea inferior a 1.000.000 €, que aplican una escala del 19% sobre los primeros 50.000 € de base imponible y el 21% sobre el resto; (3) el tipo de las empresas de reducida dimensión (ERD, INCN entre 1 y 10 millones de euros), que en 2026 es del 23% dentro de la senda descendente introducida por la Ley 7/2024 (que lo reducirá progresivamente hasta el 20% en 2029); y (4) el tipo del 15% para las entidades de nueva creación durante el primer período impositivo con base imponible positiva y el siguiente.
¿Qué es una microempresa a efectos del Impuesto de Sociedades?
A efectos del IS, una microempresa es la entidad cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1.000.000 €. La Ley 7/2024 introdujo para estas entidades una escala progresiva de gravamen: el 19% sobre los primeros 50.000 € de base imponible y el 21% sobre el exceso (tipos de 2026, dentro de una senda que continúa reduciéndose hasta 2027). Es un régimen más favorable que el general del 25% y distinto del de reducida dimensión (ERD).
¿Cuándo se presenta el Modelo 200 (declaración del IS)?
El Modelo 200 se presenta en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Para las entidades cuyo ejercicio coincide con el año natural (cierre a 31 de diciembre), el plazo va del 1 al 25 de julio del año siguiente. Con carácter general, si el resultado es a ingresar mediante domiciliación bancaria, el plazo se adelanta al 20 de julio. Además, a lo largo del ejercicio se presentan pagos fraccionados con el Modelo 202 (abril, octubre y diciembre).
¿Cómo se diferencia la base imponible del resultado contable?
La base imponible del IS no es el beneficio contable directamente. Se parte del resultado contable y se le aplican los ajustes extracontables (diferencias permanentes y temporarias entre la norma contable y la fiscal: gastos no deducibles, libertad de amortización, deterioros, etc.) y, después, la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores. El resultado es la base imponible sobre la que se aplica el tipo de gravamen. Esta calculadora parte de la base imponible ya determinada.
¿Existe una tributación mínima en el Impuesto de Sociedades?
Sí. El artículo 30 bis de la LIS establece una cuota líquida mínima, con carácter general del 15% de la base imponible, para los contribuyentes cuyo INCN sea de al menos 20 millones de euros y para los grupos que tributen en régimen de consolidación fiscal. Esta regla limita el efecto de determinadas deducciones y bonificaciones. Esta calculadora estima la cuota íntegra según el tipo aplicable y no incorpora ese suelo ni el detalle de deducciones; para una planificación completa, consulte con nuestros asesores.

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Metodología y fuentes

Esta calculadora aplica los tipos de gravamen del Impuesto sobre Sociedades vigentes en 2026 (Ley 27/2014, art. 29, en la redacción dada por la Ley 7/2024 y su disposición transitoria 44ª) sobre la base imponible que introduzca el usuario. Determina el régimen aplicable a partir del importe neto de la cifra de negocios del período anterior.

Supuestos aplicados por esta calculadora

La base imponible es un dato de entrada
La calculadora parte de la base imponible ya determinada (resultado contable tras ajustes extracontables y compensación de bases imponibles negativas). No calcula esos ajustes, que requieren el detalle contable y fiscal de la entidad.
Escala progresiva de microempresa
Para las entidades con INCN inferior a 1.000.000 € en el período anterior, la calculadora aplica el 19 % sobre los primeros 50.000 € de base imponible y el 21 % sobre el exceso, conforme a los tipos de 2026 introducidos por la Ley 7/2024.
Prioridad del tipo de nueva creación
Cuando se marca la casilla de entidad de nueva creación, se aplica el tipo del 15 % sobre la base positiva con independencia de la cifra de negocios, por ser el régimen específico del art. 29.1 LIS para el primer período con base positiva y el siguiente.
No incorpora deducciones ni cuota mínima
La herramienta calcula la cuota íntegra (base × tipo) y estima la cuota diferencial restando retenciones y pagos a cuenta. No modela deducciones, bonificaciones ni la cuota líquida mínima del art. 30 bis LIS (15 % para INCN ≥ 20 M€ y grupos de consolidación fiscal).

Fuentes oficiales

Última revisión: 2026-07-04

Revisado por: Bárbara Botía Of Counsel · ICAM colegiada 11.233

Esta calculadora ofrece una estimación con fines informativos. No sustituye al asesoramiento profesional. Los resultados pueden variar en función de circunstancias personales y de cambios normativos. Para una planificación adaptada a tu caso, consulta con un asesor.

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