Asesor laboral para el sector financiero: gestione la complejidad de una plantilla altamente regulada
Las entidades financieras, aseguradoras y gestoras operan bajo convenios colectivos que se encuentran entre los más complejos de España: el Convenio Colectivo de Banca, el de Seguros y el de Ahorro establecen estructuras retributivas, categorías profesionales y derechos adquiridos que difícilmente puede gestionar un asesor laboral generalista. A esto se añade la presión regulatoria sobre las retribuciones variables —las directrices de la EBA y de la CNMV sobre política de remuneraciones en entidades supervisadas— y la complejidad de los ERE en grandes plantillas con sindicatos muy organizados y amplia cobertura mediática.
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Asesoramiento especializado y trato personal
En BMC asesoramos a entidades financieras, aseguradoras, gestoras de fondos y empresas de servicios de inversión en todos los aspectos laborales propios del sector: aplicación de los convenios colectivos, diseño de las políticas retributivas conforme a la normativa regulatoria, gestión de los despidos individuales y colectivos, y representación ante la Inspección de Trabajo y los juzgados de lo social.
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El Convenio Colectivo de Banca y el de Cajas de Ahorro difieren en categorías, jornada y complementos — la coexistencia en entidades integradas genera conflictos frecuentes.
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Las directrices EBA sobre remuneraciones exigen identificar 'risk takers', diferir el variable y aplicar malus/clawback.
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Las entidades financieras con más de 50 trabajadores deben tener Plan de Igualdad negociado y registrado.
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Los ERE en banca requieren estrategia negociadora con sindicatos experimentados y gestión de la exposición mediática.
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El problema
Las entidades financieras, aseguradoras y gestoras operan bajo convenios colectivos que se encuentran entre los más complejos de España: el Convenio Colectivo de Banca, el de Seguros y el de Ahorro establecen estructuras retributivas, categorías profesionales y derechos adquiridos que difícilmente puede gestionar un asesor laboral generalista. A esto se añade la presión regulatoria sobre las retribuciones variables —las directrices de la EBA y de la CNMV sobre política de remuneraciones en entidades supervisadas— y la complejidad de los ERE en grandes plantillas con sindicatos muy organizados y amplia cobertura mediática.
Nuestra solución
En BMC asesoramos a entidades financieras, aseguradoras, gestoras de fondos y empresas de servicios de inversión en todos los aspectos laborales propios del sector: aplicación de los convenios colectivos, diseño de las políticas retributivas conforme a la normativa regulatoria, gestión de los despidos individuales y colectivos, y representación ante la Inspección de Trabajo y los juzgados de lo social.
Como lo hacemos
Análisis del convenio colectivo aplicable
Determinamos el convenio aplicable —Banca, Ahorro, Seguros, Mediación de Seguros o convenio de empresa— y analizamos su aplicación concreta a la estructura de la entidad: categorías, jornada, retribución, derechos adquiridos y condiciones más beneficiosas.
Diseño de la política de remuneraciones
Para entidades sujetas a supervisión prudencial, diseñamos la política de remuneraciones conforme a las Directrices de la EBA y a las circulares de la CNMV: identificación de colectivos afectados (risk takers), estructura de diferimiento de la retribución variable, condiciones de recuperación (malus y clawback).
Gestión de despidos en el sector financiero
Asesoramos en los despidos individuales y colectivos en el sector financiero, donde la antigüedad media de la plantilla es elevada y los costes de extinción son altos. Gestionamos los ERE negociados con representación sindical fuerte y con exposición mediática.
Representación ante autoridades y juzgados
Le representamos ante la Inspección de Trabajo, el SMAC y los juzgados de lo social en procedimientos por despido, reclamación de cantidad, clasificación profesional y conflictos colectivos.
Sector financiero: el más regulado también en materia laboral
Las entidades financieras —bancos, cajas, aseguradoras, gestoras de fondos, empresas de servicios de inversión— operan en el entorno laboral más regulado de España. Los convenios colectivos de Banca, Ahorro y Seguros son los más complejos del mercado laboral español, con estructuras retributivas históricas, complementos personales y derechos adquiridos que se han acumulado durante décadas.
A esto se añade una capa regulatoria adicional que no existe en otros sectores: las directrices de la EBA sobre política de remuneraciones, las circulares de la CNMV para entidades de servicios de inversión y los requisitos del Banco de España sobre gobernanza interna crean un marco en el que las decisiones sobre retribución variable deben cumplir tanto con el convenio colectivo como con la normativa prudencial.
Convenios colectivos del sector financiero: un mapa complejo
El sector financiero aplica varios convenios colectivos con ámbitos distintos: el Convenio Colectivo de Banca (bancos privados), el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro (cajas y bancos derivados de cajas), el Convenio Colectivo de Seguros y Mutuas, el de Mediación de Seguros y el de Entidades Financieras de Crédito. Muchas entidades grandes tienen además convenio de empresa que desplaza o complementa el convenio sectorial.
La coexistencia de trabajadores con diferentes convenios —habitual en procesos de integración bancaria— genera complejidades en la homogeneización de condiciones, la clasificación profesional y el manejo de las condiciones más beneficiosas individualmente adquiridas.
Retribución variable y supervisión regulatoria
El diseño de los planes de incentivos y bonus en entidades supervisadas debe cumplir con los requisitos de la EBA: diferimiento, instrumentos ligados al valor de la entidad, cláusulas de malus y clawback. Asesoramos en el diseño de estos planes para que sean conformes con la normativa regulatoria sin perder el efecto motivador para los empleados, y en la comunicación a los supervisores de la política de remuneraciones.
ERE en grandes entidades: negociación con sindicatos y gestión de riesgos
Los ERE en el sector financiero son algunos de los procesos más complejos del ámbito laboral español. La antigüedad media elevada de la plantilla genera costes de indemnización altos; los sindicatos tienen mucha experiencia negociadora y amplia capacidad de movilización; y la cobertura mediática de cualquier proceso de restructuración en el sector añade una presión reputacional que hay que gestionar.
Acompañamos a las entidades en todo el proceso: desde el diseño de la medida y la elaboración de la memoria justificativa hasta la negociación con la representación sindical y la gestión posterior de los litigios individuales que puedan derivarse.
Contacte con nuestros asesores laborales especializados en el sector de servicios financieros para una primera valoración.
La retribución variable diferida y el clawback en la banca
Las políticas de retribución variable en entidades sujetas a supervisión prudencial están fuertemente condicionadas por las directrices de la Autoridad Bancaria Europea (EBA). Para los empleados identificados como colectivo de impacto material (risk takers o material risk takers), que son aquellos cuyas decisiones profesionales pueden tener un impacto material en el perfil de riesgo de la entidad, aplican requisitos específicos:
El diferimiento temporal: al menos el 40-60% (según el importe total del variable) debe diferirse entre tres y cinco años. Durante el período de diferimiento, el importe puede reducirse o eliminarse si la entidad sufre pérdidas o si el empleado incurre en conductas que lo justifiquen (cláusula de malus). La parte diferida puede ser en efectivo o en instrumentos ligados al valor de la entidad (acciones, instrumentos equivalentes, CLN).
La cláusula de clawback: adicionalmente al malus (reducción de retribución diferida no pagada), las entidades deben incluir cláusulas que permitan recuperar retribución variable ya pagada en los últimos tres años si se descubren posteriormente conductas irregulares del empleado, errores materiales en la información que sirvió de base para calcular el variable, o si la entidad sufre un rescate público. El clawback es difícil de ejecutar en la práctica pero su inclusión en los contratos es obligatoria.
BMC diseña las políticas de retribución variable de entidades financieras para que cumplan con los requisitos de la EBA y las circulares del BdE y la CNMV, y las coordina con los convenios colectivos aplicables.
Planes de igualdad en el sector financiero: brecha salarial y medidas correctoras
Las entidades financieras con más de cincuenta trabajadores están obligadas a negociar, registrar y aplicar un Plan de Igualdad conforme al Real Decreto 901/2020 y a realizar una auditoría retributiva conforme al Real Decreto 902/2020. El sector financiero tiene una brecha salarial ajustada especialmente relevante en las posiciones de alta dirección y en los colectivos de gestores y asesores, donde la presencia de mujeres es históricamente menor.
La auditoría retributiva debe analizar la estructura salarial de toda la organización e identificar si existen diferencias salariales entre puestos de igual valor que no estén justificadas por factores objetivos. Los factores legítimos que pueden justificar diferencias son: la experiencia, la responsabilidad, las condiciones de trabajo y los resultados individuales. Factores como el sexo o las circunstancias personales (maternidad, reducción de jornada) no pueden justificar diferencias retributivas.
BMC implementa planes de igualdad y auditorías retributivas en entidades del sector financiero, coordinando con la representación sindical en la negociación y registrando el plan en el REGCON.
Gestión de la salida de directivos: el acuerdo de terminación
La salida de directivos de entidades financieras es uno de los procesos más delicados de la gestión laboral del sector. Los directivos de alto nivel tienen con frecuencia contratos de alta dirección (RD 1382/1985) que establece un régimen distinto al del Estatuto de los Trabajadores, con plazos de preaviso más largos y condiciones de extinción específicas.
Las cláusulas de no competencia post-contractual son habituales en los contratos de directivos de entidades financieras, especialmente para quienes gestionan relaciones con clientes o tienen acceso a información estratégica. Para que sean válidas, deben estar remuneradas (compensación económica adecuada durante el período de no competencia) y ser razonables en cuanto a su duración (máximo dos años) y alcance geográfico y funcional.
El acuerdo de terminación debe regular también el tratamiento de la retribución variable diferida pendiente de pago: si el directivo sale con un acuerdo negociado, suele pactar el mantenimiento del derecho a las cantidades diferidas ya devengadas, mientras que en una salida conflictiva la entidad puede invocar las cláusulas de malus para reducirlas.
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