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Abogado mercantil para empresa familiar: estructura, gobierno y sucesión

La empresa familiar española enfrenta una paradoja: es el motor económico del país —las empresas familiares generan el 70% del PIB y el 67% del empleo privado en España— pero tiene una tasa de supervivencia generacional muy baja: solo el 30% llega a la segunda generación y menos del 12% a la tercera. Los motivos son principalmente los conflictos entre socios familiares, la falta de un gobierno corporativo claro, la ausencia de un protocolo que regule la entrada de la nueva generación y la mezcla entre la esfera familiar y la empresarial. Estos conflictos, cuando estallan, son los más destructivos porque afectan simultáneamente al patrimonio de la familia y a las relaciones personales.

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Por qué BM Consulting

Asesoramiento especializado y trato personal

En BMC asesoramos a empresas familiares en el diseño de la estructura jurídica que permita a la empresa crecer de forma ordenada, gestionar la incorporación de la nueva generación, resolver los conflictos antes de que escalen y planificar la sucesión con suficiente antelación. Nuestro trabajo combina el derecho mercantil, el derecho de sucesiones y la planificación fiscal para ofrecer una solución integral.

  • El protocolo familiar establece las reglas de convivencia entre familia y empresa — tiene validez contractual entre los socios firmantes.

  • Los conflictos entre herederos pueden resolverse con mecanismos de salida (put option, precio determinado por perito) previstos en el pacto de socios.

  • La transmisión de la empresa familiar a los hijos puede bonificarse en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones si se cumplen los requisitos del art. 20.6 LISD.

  • La incorporación del sucesor debe estructurarse jurídicamente con tiempo — contrato de trabajo, nombramiento como administrador y modificación del pacto de socios.

Cómo trabajamos

Del primer contacto al cierre del expediente

  1. Diagnóstico de la estructura actual

    Analizamos la estructura societaria existente, los estatutos y pactos vigentes, el reparto de participaciones entre los miembros de la familia, los órganos de gobierno actuales y los mecanismos (o ausencia de ellos) para la toma de decisiones en situaciones de conflicto.

  2. Diseño del protocolo familiar

    Redactamos el Protocolo Familiar, el documento que establece las reglas del juego para las relaciones entre la familia y la empresa: quién puede entrar a trabajar en la empresa, en qué condiciones y con qué retribución; cómo se toman las decisiones estratégicas; cómo se gestionan los dividendos; y qué ocurre cuando un miembro de la familia quiere vender su participación.

  3. Pacto de socios y gobierno corporativo

    Complementamos el Protocolo con los instrumentos jurídicos de desarrollo: pacto de socios entre los accionistas familiares, estatutos sociales adaptados, Consejo de Familia y Consejo de Administración con sus respectivos reglamentos, y mecanismos de resolución de conflictos (mediación, arbitraje).

  4. Planificación de la sucesión empresarial

    Diseñamos el plan de sucesión con suficiente antelación: elección del sucesor o del modelo de gobierno post-sucesión, optimización fiscal de la transmisión de participaciones (bonificación del 95% en ISD si se cumplen los requisitos de empresa familiar), y estructura de la transmisión (donación en vida, vía testamentaria, combinación de ambas).

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El problema

La empresa familiar española enfrenta una paradoja: es el motor económico del país —las empresas familiares generan el 70% del PIB y el 67% del empleo privado en España— pero tiene una tasa de supervivencia generacional muy baja: solo el 30% llega a la segunda generación y menos del 12% a la tercera. Los motivos son principalmente los conflictos entre socios familiares, la falta de un gobierno corporativo claro, la ausencia de un protocolo que regule la entrada de la nueva generación y la mezcla entre la esfera familiar y la empresarial. Estos conflictos, cuando estallan, son los más destructivos porque afectan simultáneamente al patrimonio de la familia y a las relaciones personales.

Nuestra solución

En BMC asesoramos a empresas familiares en el diseño de la estructura jurídica que permita a la empresa crecer de forma ordenada, gestionar la incorporación de la nueva generación, resolver los conflictos antes de que escalen y planificar la sucesión con suficiente antelación. Nuestro trabajo combina el derecho mercantil, el derecho de sucesiones y la planificación fiscal para ofrecer una solución integral.

Proceso

Como lo hacemos

1

Diagnóstico de la estructura actual

Analizamos la estructura societaria existente, los estatutos y pactos vigentes, el reparto de participaciones entre los miembros de la familia, los órganos de gobierno actuales y los mecanismos (o ausencia de ellos) para la toma de decisiones en situaciones de conflicto.

2

Diseño del protocolo familiar

Redactamos el Protocolo Familiar, el documento que establece las reglas del juego para las relaciones entre la familia y la empresa: quién puede entrar a trabajar en la empresa, en qué condiciones y con qué retribución; cómo se toman las decisiones estratégicas; cómo se gestionan los dividendos; y qué ocurre cuando un miembro de la familia quiere vender su participación.

3

Pacto de socios y gobierno corporativo

Complementamos el Protocolo con los instrumentos jurídicos de desarrollo: pacto de socios entre los accionistas familiares, estatutos sociales adaptados, Consejo de Familia y Consejo de Administración con sus respectivos reglamentos, y mecanismos de resolución de conflictos (mediación, arbitraje).

4

Planificación de la sucesión empresarial

Diseñamos el plan de sucesión con suficiente antelación: elección del sucesor o del modelo de gobierno post-sucesión, optimización fiscal de la transmisión de participaciones (bonificación del 95% en ISD si se cumplen los requisitos de empresa familiar), y estructura de la transmisión (donación en vida, vía testamentaria, combinación de ambas).

La empresa familiar: el activo más valioso y el más frágil

La empresa familiar es el motor de la economía española. El 70% del PIB, el 67% del empleo privado y más del 80% de las empresas exportadoras son de propiedad familiar. Y sin embargo, solo el 30% de las empresas familiares supera el relevo generacional y llega a la segunda generación. No es un problema de falta de talento o de mercados adversos: es un problema de estructura, gobierno y planificación de la sucesión.

En BMC acompañamos a empresas familiares en el diseño de la arquitectura jurídica que les permite crecer de forma ordenada y transferirse entre generaciones sin los conflictos que destruyen tantas historias empresariales de éxito. Combinamos el conocimiento del derecho mercantil con el derecho de sucesiones y la planificación fiscal para ofrecer soluciones integrales que tienen en cuenta tanto la empresa como la familia.

Protocolo familiar: las reglas del juego antes del conflicto

El protocolo familiar es el instrumento más eficaz para prevenir los conflictos que destruyen las empresas familiares. Establece de antemano las reglas sobre las cuestiones que generan más tensión: ¿Pueden trabajar en la empresa todos los hijos o solo los más cualificados? ¿Con qué condiciones? ¿Qué salario? ¿Cómo se decide quién es el próximo CEO? ¿Qué pasa cuando un hijo quiere vender sus participaciones y los demás no quieren un tercero como socio? ¿Cómo se fija la política de dividendos cuando unos socios necesitan liquidez y otros quieren reinvertir?

Un protocolo bien diseñado convierte estas conversaciones incómodas en decisiones documentadas y consensuadas antes de que el conflicto exista. Es mucho más fácil acordar las reglas cuando todos están de acuerdo que intentar resolverlas cuando ya hay un conflicto.

Gobierno corporativo: separar familia y empresa

Una de las claves de las empresas familiares de segunda o tercera generación que funcionan bien es la separación entre los órganos de gobierno de la familia y los de la empresa. El Consejo de Familia —donde se habla de los temas familiares con impacto empresarial— y el Consejo de Administración —donde se toman las decisiones estratégicas de la empresa— deben tener composiciones, funciones y funcionamiento claramente diferenciados. Incorporar consejeros independientes al Consejo de Administración es una práctica habitual en empresas familiares maduras.

Sucesión: planificar antes de que sea urgente

La sucesión empresarial es el momento de mayor riesgo en la vida de una empresa familiar. La transmisión del liderazgo y de la propiedad debe planificarse con años de antelación para que sea ordenada, fiscal y emocionalmente eficiente. La bonificación del 95% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para empresa familiar es una oportunidad fiscal enorme que solo puede aprovecharse si la estructura societaria cumple los requisitos exigidos por la normativa.

Diseñamos el plan de sucesión personalizado para cada familia empresaria, combinando la elección del modelo de gobierno post-sucesión, la optimización fiscal de la transmisión y la gestión del proceso familiar de preparación del relevo.

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FAQ

Preguntas frecuentes

El protocolo familiar es el documento que regula las relaciones entre los miembros de la familia accionista y la empresa. Establece las normas de acceso de la familia a puestos directivos, la política de dividendos, los mecanismos de liquidez para accionistas que quieren salir, y los órganos de gobierno de la empresa. Jurídicamente, el protocolo es un contrato entre los socios familiares que puede tener distintos niveles de obligatoriedad según cómo esté instrumentado: como pacto de socios (obligatorio entre las partes), como declaración de principios (con valor moral pero sin ejecutabilidad directa), o con partes estatutarias (con eficacia frente a la propia sociedad).
El conflicto entre hermanos socios suele comenzar por desacuerdos en la gestión o en la política de dividendos y puede escalar hasta el bloqueo de los órganos sociales. Las opciones legales disponibles son: la mediación empresarial (proceso voluntario con un tercero que facilita el acuerdo), el arbitraje si el pacto de socios lo prevé, la impugnación de acuerdos sociales si se han tomado de forma irregular, o la solicitud de disolución judicial por paralización de los órganos sociales. Un buen protocolo familiar reduce enormemente la probabilidad de llegar a estas situaciones y proporciona mecanismos de salida antes del litigio.
Depender de si existe o no protocolo familiar y de qué diga éste. En ausencia de protocolo, un socio (aunque sea familiar) solo tiene los derechos que le otorgan los estatutos sociales y la ley: votar en la Junta General, recibir dividendos, suscribir nuevas participaciones en ampliaciones de capital y obtener información. No tiene un derecho automático a ser administrador o a tener un puesto directivo. El protocolo familiar puede establecer condiciones para la incorporación de la familia a la gestión: formación mínima, experiencia externa, proceso de evaluación.
La transmisión de participaciones en empresa familiar a los descendientes goza de una reducción del 95% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones si se cumplen los requisitos del artículo 20.2.c) de la Ley del ISD: que la empresa ejerza una actividad económica (no sea una mera sociedad de tenencia de activos), que alguno de los socios ejerza funciones de dirección con remuneración que supere el 50% de sus rendimientos del trabajo y capital, y que la participación del transmitente supere el 5% individual o el 20% familiar. Esta bonificación puede suponer un ahorro fiscal de millones en patrimonios empresariales relevantes.
La respuesta siempre es: antes de lo que se cree. La sucesión empresarial requiere años de preparación: identificar y desarrollar al sucesor (o diseñar el modelo de gobierno si son varios hijos), optimizar la estructura societaria para que la transmisión sea fiscalmente eficiente, ir realizando donaciones parciales en vida cuando los tipos impositivos sean más bajos, y gestionar las expectativas de todos los miembros de la familia. Esperar a que el fundador tenga una enfermedad grave o fallezca para plantearse la sucesión es la causa principal de las crisis en la empresa familiar.
La incorporación de un hijo a la gestión de la empresa familiar puede estructurarse de varias formas: como empleado (con contrato de trabajo, acceso a la Seguridad Social y retribución laboral), como administrador (con o sin participaciones, remuneración por el cargo si así lo establecen los estatutos), o como socio-administrador (con participación en el capital y en la gestión). La opción más adecuada depende del perfil del hijo, del grado de confianza que se le quiere otorgar y de las implicaciones fiscales de cada estructura. BMC diseña la estructura de incorporación coordinando los aspectos mercantiles (modificación de estatutos o pacto de socios, nombramiento como administrador) con los aspectos fiscales (retribución más eficiente, implicaciones del IVA y del IS en la remuneración del administrador).

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Preguntas frecuentes

Preguntas sobre Abogado Mercantil para Empresa Familiar

El protocolo familiar es el documento que regula las relaciones entre los miembros de la familia accionista y la empresa. Establece las normas de acceso de la familia a puestos directivos, la política de dividendos, los mecanismos de liquidez para accionistas que quieren salir, y los órganos de gobierno de la empresa. Jurídicamente, el protocolo es un contrato entre los socios familiares que puede tener distintos niveles de obligatoriedad según cómo esté instrumentado: como pacto de socios (obligatorio entre las partes), como declaración de principios (con valor moral pero sin ejecutabilidad directa), o con partes estatutarias (con eficacia frente a la propia sociedad).
El conflicto entre hermanos socios suele comenzar por desacuerdos en la gestión o en la política de dividendos y puede escalar hasta el bloqueo de los órganos sociales. Las opciones legales disponibles son: la mediación empresarial (proceso voluntario con un tercero que facilita el acuerdo), el arbitraje si el pacto de socios lo prevé, la impugnación de acuerdos sociales si se han tomado de forma irregular, o la solicitud de disolución judicial por paralización de los órganos sociales. Un buen protocolo familiar reduce enormemente la probabilidad de llegar a estas situaciones y proporciona mecanismos de salida antes del litigio.
Depender de si existe o no protocolo familiar y de qué diga éste. En ausencia de protocolo, un socio (aunque sea familiar) solo tiene los derechos que le otorgan los estatutos sociales y la ley: votar en la Junta General, recibir dividendos, suscribir nuevas participaciones en ampliaciones de capital y obtener información. No tiene un derecho automático a ser administrador o a tener un puesto directivo. El protocolo familiar puede establecer condiciones para la incorporación de la familia a la gestión: formación mínima, experiencia externa, proceso de evaluación.
La transmisión de participaciones en empresa familiar a los descendientes goza de una reducción del 95% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones si se cumplen los requisitos del artículo 20.2.c) de la Ley del ISD: que la empresa ejerza una actividad económica (no sea una mera sociedad de tenencia de activos), que alguno de los socios ejerza funciones de dirección con remuneración que supere el 50% de sus rendimientos del trabajo y capital, y que la participación del transmitente supere el 5% individual o el 20% familiar. Esta bonificación puede suponer un ahorro fiscal de millones en patrimonios empresariales relevantes.
La respuesta siempre es: antes de lo que se cree. La sucesión empresarial requiere años de preparación: identificar y desarrollar al sucesor (o diseñar el modelo de gobierno si son varios hijos), optimizar la estructura societaria para que la transmisión sea fiscalmente eficiente, ir realizando donaciones parciales en vida cuando los tipos impositivos sean más bajos, y gestionar las expectativas de todos los miembros de la familia. Esperar a que el fundador tenga una enfermedad grave o fallezca para plantearse la sucesión es la causa principal de las crisis en la empresa familiar.
La incorporación de un hijo a la gestión de la empresa familiar puede estructurarse de varias formas: como empleado (con contrato de trabajo, acceso a la Seguridad Social y retribución laboral), como administrador (con o sin participaciones, remuneración por el cargo si así lo establecen los estatutos), o como socio-administrador (con participación en el capital y en la gestión). La opción más adecuada depende del perfil del hijo, del grado de confianza que se le quiere otorgar y de las implicaciones fiscales de cada estructura. BMC diseña la estructura de incorporación coordinando los aspectos mercantiles (modificación de estatutos o pacto de socios, nombramiento como administrador) con los aspectos fiscales (retribución más eficiente, implicaciones del IVA y del IS en la remuneración del administrador).
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