Abogado mercantil en construcción: proteja sus contratos y sus derechos
El sector de la construcción genera un volumen altísimo de conflictos mercantiles: incumplimientos de contratos de obra, disputas sobre el alcance de los trabajos ejecutados, reclamaciones por vicios constructivos, retrasos en la entrega de obra, impagos de certificaciones, y conflictos entre socios en UTE y joint ventures de promoción. La complejidad técnica de los contratos de construcción —FIDIC, contratos de llave en mano, contratos con precio cerrado vs. precio abierto— exige un abogado que entienda tanto el derecho mercantil como el negocio de la construcción.
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Asesoramiento especializado y trato personal
En BMC asesoramos a constructoras, promotoras, subcontratistas y propietarios en todos los aspectos mercantiles del sector de la construcción: redacción y negociación de contratos de obra, resolución de conflictos sobre certificaciones y variaciones, reclamaciones de cantidad, defensa por vicios constructivos, y gestión de los conflictos en UTE y joint ventures de promoción.
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Garantías de la edificación
un año (acabados), tres años (habitabilidad), diez años (estructura) — la LOE establece la responsabilidad de cada agente.
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La acción directa del subcontratista permite reclamar al promotor hasta el límite de lo que éste aún debe al contratista.
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Las UTEs tienen responsabilidad solidaria frente a terceros — es fundamental revisar el convenio de UTE antes de formalizar.
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Los contratos de obra deben incluir cláusulas de revisión de precios ante fluctuaciones de materiales y energía.
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El problema
El sector de la construcción genera un volumen altísimo de conflictos mercantiles: incumplimientos de contratos de obra, disputas sobre el alcance de los trabajos ejecutados, reclamaciones por vicios constructivos, retrasos en la entrega de obra, impagos de certificaciones, y conflictos entre socios en UTE y joint ventures de promoción. La complejidad técnica de los contratos de construcción —FIDIC, contratos de llave en mano, contratos con precio cerrado vs. precio abierto— exige un abogado que entienda tanto el derecho mercantil como el negocio de la construcción.
Nuestra solución
En BMC asesoramos a constructoras, promotoras, subcontratistas y propietarios en todos los aspectos mercantiles del sector de la construcción: redacción y negociación de contratos de obra, resolución de conflictos sobre certificaciones y variaciones, reclamaciones de cantidad, defensa por vicios constructivos, y gestión de los conflictos en UTE y joint ventures de promoción.
Como lo hacemos
Redacción y revisión de contratos de obra
Redactamos y revisamos contratos de obra principal y de subcontratación: contratos a precio cerrado (lump sum), a precio unitario, a coste más honorarios (cost plus), y contratos de gestión. Especial atención a las cláusulas de variaciones, retenciones de garantía, penalizaciones por retraso y limitación de responsabilidad.
Gestión de conflictos sobre certificaciones
Cuando el dueño de la obra no aprueba una certificación o retiene la retención sin justificación, asesoramos sobre las opciones disponibles: requerimiento formal, mediación, arbitraje según las cláusulas del contrato, o procedimiento judicial. Preparamos la reclamación con la documentación técnica necesaria.
Vicios constructivos y reclamaciones post-entrega
Asesoramos tanto a los promotores que reclaman por vicios constructivos como a los constructores que se defienden de estas reclamaciones: análisis de la documentación de la obra, plazos de garantía (recepción de obra, vicios ocultos, plazos de la Ley de Ordenación de la Edificación), coordinación con peritos técnicos y representación ante los tribunales.
UTE y joint ventures de promoción
Redactamos los contratos de agrupación temporal de empresas (UTE) y los contratos de joint venture para proyectos de promoción inmobiliaria, y gestionamos los conflictos que surgen durante la ejecución del proyecto: desacuerdos en la dirección de la obra, incumplimiento de aportaciones, y liquidación de la UTE al final del proyecto.
Conflictos mercantiles en la construcción: el coste de no prevenir
La construcción es el sector con mayor volumen de litigación mercantil en España, junto con la hostelería. Los contratos de obra —frecuentemente negociados bajo presión de tiempo y con ambigüedades deliberadas— son la fuente de la mayoría de los conflictos: variaciones de obra no acordadas, retrasos atribuidos a la otra parte, vicios constructivos descubiertos después de la entrega, impagos de certificaciones, y disputas sobre la retención de garantía.
En BMC asesoramos a todos los participantes en el sector —constructoras principales, subcontratistas, promotoras, dueños de obras privadas— con el conocimiento técnico-jurídico necesario para defender posiciones sólidas en la negociación y, si es necesario, en el procedimiento judicial o arbitral.
Contratos de obra: la prevención más eficaz
Un contrato de obra bien redactado es la mejor inversión para evitar conflictos futuros. Las cláusulas que más frecuentemente generan disputas son: la definición del alcance de los trabajos (qué está incluido y qué no en el precio), el procedimiento de gestión de variaciones (quién las aprueba, cómo se valoran, cómo se documenta la autorización), el mecanismo de resolución de disputas (¿juzgado o arbitraje? ¿qué foro?), las condiciones de liquidación de la retención de garantía, y las cláusulas de responsabilidad por retrasos y penalizaciones.
Revisamos y negociamos los contratos de obra antes de firmarlos, identificando los riesgos y proponiendo cláusulas de protección que muchas veces el cliente acepta en la negociación.
Certificaciones impagadas: actuar rápido y bien
El impago de certificaciones de obra es uno de los conflictos más frecuentes y más urgentes del sector. La empresa constructora que ha ejecutado los trabajos y no cobra tiene un problema de tesorería inmediato y, si el impago se prolonga, un riesgo de insolvencia. El subcontratista que no cobra del contratista principal tiene además el riesgo de que el contratista entre en concurso de acreedores antes de que se pueda cobrar.
La acción directa del subcontratista contra el dueño de la obra (artículo 1.597 CC), el procedimiento monitorio para reclamaciones de cantidad sin controversia, y las medidas cautelares de embargo preventivo son los instrumentos que se deben activar con rapidez. Asesoramos en la estrategia desde el primer momento.
Vicios constructivos: plazos, responsabilidades y peritos
Los conflictos sobre vicios constructivos requieren combinar el conocimiento jurídico con el técnico. Los plazos de garantía de la LOE (1, 3 y 10 años según el tipo de vicio) son de caducidad, lo que significa que si no se actúa dentro del plazo, el derecho se pierde definitivamente. La determinación de la causa del vicio —que determina quién responde— requiere un informe pericial técnico sólido. La cadena de responsabilidad —promotor, constructor, arquitecto, aparejador, subcontratista especialista— debe analizarse caso por caso.
Acompañamos a nuestros clientes desde el primer momento: identificación del vicio, obtención de medidas cautelares si el daño está en curso, coordinación con peritos técnicos y representación en el procedimiento judicial.
Contacte con nuestro equipo de abogados especializados en el sector de la construcción para una primera valoración de su asunto.
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