Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La residencia habitual se determina por el lugar donde la persona permanece la mayor parte del tiempo en el periodo de cinco años previos al hecho imponible. En el caso de la vivienda habitual para exenciones, esta debe haber sido residencia en el momento de la transmisión o en cualquiera de los dos años anteriores. Para la consolidación de deducciones por vivienda, se requiere un uso efectivo y permanente durante al menos tres años tras retomar la residencia.
La posición de la DGT se mantiene estable en la definición de residencia habitual como una cuestión de hecho basada en la permanencia. Las consultas recientes se centran en matizar los plazos de mantenimiento de dicha condición para efectos de exenciones por transmisión y la recuperación de deducciones por residencia. No se observa un cambio de doctrina, sino una aplicación de criterios sobre la continuidad de la residencia en situaciones específicas.
Puntos de inflexión
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Precisa que la vivienda pierde la condición de habitual desde que deja de ser la residencia del contribuyente, limitando la excepción por cargo o empleo al disfrute inherente al puesto.
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Establece que para volver a consolidar deducciones al retomar la residencia en una vivienda, se requiere un uso efectivo y permanente durante al menos tres años.
Análisis basado en 54 de 56 consultas con criterio disponible. Actualizado 19 de julio de 2026.