Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
En actividades de temporada, el módulo de personal no asalariado se calcula dividiendo las horas dedicadas entre 1.800. Se incluyen las horas de dirección, organización y planificación, estimadas en 0,25 personas/año salvo acreditación en contrario. El cálculo debe considerar las horas efectivas y la parte proporcional del periodo temporal de la actividad.
La posición de la DGT sobre los módulos es heterogénea debido a que las consultas abordan aspectos técnicos distintos. No existe una evolución doctrinal única, sino precisiones puntuales sobre el cómputo de personal, la aplicación de la situación epidemiológica en el cálculo de días y la determinación de módulos de potencia o actividad estacional.
Puntos de inflexión
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Establece que para computar al cónyuge al 50%, el titular debe computarse por entero en la actividad, impidiendo el cómputo si el titular desarrolla pluralidad de actividades con cómputos parciales.
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Introduce la excepción por la situación epidemiológica, permitiendo descontar los días de estado de alarma y suspensión de actividad del cómputo de la persona no asalariada.
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Precisa el cálculo para actividades de temporada, integrando las horas de dirección y organización con una estimación de 0,25 personas/año.
Análisis basado en 50 de 51 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.