Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La pérdida patrimonial por quiebra de una sociedad requiere la disolución y liquidación efectiva, computándose en el periodo en que se produzca dicha liquidación. Para acciones totalmente liberadas, el valor de adquisición se determina repartiendo el coste total entre el número de títulos, incluyendo los liberados, manteniendo la antigüedad de las acciones originales. En bonos en moneda extranjera, la ganancia o pérdida se calcula sobre la diferencia de valores en la moneda de denominación, convirtiendo el resultado a euros al tipo de cambio de la venta.
La posición de la DGT no muestra una evolución doctrinal única, ya que las consultas abordan supuestos heterogéneos como la liquidación de sociedades, acciones liberadas o bonos en divisas. No existe un cambio de criterio, sino una aplicación de normas generales a escenarios específicos de valoración y momentos de devengo.
Puntos de inflexión
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Establece que el valor de adquisición de acciones totalmente liberadas se obtiene repartiendo el coste total entre el número de títulos, incluyendo los liberados.
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Aclara que la quiebra no genera pérdida patrimonial por sí misma, sino que requiere la disolución y liquidación de la sociedad.
Análisis basado en 47 de 49 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.