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V1620-26 17 de junio de 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
Sucesiones y Donaciones · reducción en la base imponible

Requisitos para la reducción del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por donación de participaciones

Un matrimonio consulta si sus hijos pueden beneficiarse de la reducción del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por la donación de participaciones de una sociedad holding. La DGT responde que es posible si los donantes cumplen los requisitos de exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y se satisfacen las condiciones de edad, cese en funciones de dirección y mantenimiento de la adquisición por parte de los donatarios.

La cuestión planteada

Cuestión planteada 1.) Si los hijos podrán gozar de la bonificación que establece el artículo 20 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por la donación de las participaciones que van a percibir.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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