El consultante pregunta si debe declarar tokens obtenidos mediante un smart contract que tienen una cláusula de lock up. La DGT responde que deben incluirse en el patrimonio neto por tener contenido económico, sin importar la restricción de venta.
Cuestión planteada Declaración de los "tokens" en el Impuesto sobre el Patrimonio.
Los criptoactivos o tokens que constituyen bienes o derechos con contenido económico de los que el contribuyente sea titular forman parte de su patrimonio neto. Deben incluirse en la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio independientemente de que exista una cláusula contractual que impida disponer de ellos. Su valoración debe realizarse por su precio de mercado en la fecha de devengo del impuesto.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.