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V1651-25 15 de septiembre de 2025 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Criterio vigente
Sucesiones y Donaciones · animus donandi

La calificación de una transferencia como donación depende de la existencia de animus donandi

El consultante pregunta si una transferencia realizada desde una cuenta donde es autorizado hacia una cuenta propia debe tributar como donación. La DGT indica que la existencia de una donación requiere la intención de liberalidad del donante y que su apreciación es una cuestión de hecho.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si dicha transferencia debe tributar como donación.

El criterio de la DGT

Para que exista el hecho imponible de donación debe concurrir el animus donandi, es decir, la intención de realizar una liberalidad. La ausencia de esta voluntad impide el gravamen por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En el caso de transferencias entre cuentas, la oficina gestora debe determinar, según las circunstancias y el principio de calificación, si la operación reúne los requisitos de donación.

Implicaciones prácticas

  • La mera transferencia de fondos entre cuentas no constituye automáticamente un hecho imponible de donación.
  • La Administración Tributaria tiene la facultad de calificar la naturaleza de la operación basándose en las circunstancias fácticas.
  • La ausencia de voluntad de liberalidad exime del gravamen por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Puntos de planificación

  • Valorar la naturaleza de la relación jurídica que justifica el movimiento de fondos.
  • Analizar la capacidad de acreditación de la ausencia de animus donandi ante una inspección.

Checklist

  • Verificar la existencia de una causa distinta a la liberalidad para la transferencia.
  • Documentar la justificación de los movimientos entre cuentas propias o de terceros autorizados.
  • Comprobar si la operación responde a una gestión de fondos o mera administración.
  • Evaluar la coherencia de la operación con el perfil financiero del contribuyente.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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