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El consultante pregunta si puede aplicar la reducción del 40% del régimen transitorio en varios rescates parciales de un mismo plan de pensiones en distintos ejercicios. La DGT responde que la reducción solo puede aplicarse a una de las prestaciones percibidas por la misma contingencia.
Cuestión planteada Posibilidad de aplicar la reducción del 40 por ciento contemplada en el régimen transitorio en el rescate de los planes de pensiones de los que es titular por la misma contingencia y posibilidad de aplicar la reducción del 40 por ciento contemplada en el régimen transitorio en varios rescates parciales de un mismo plan de pensiones en ejercicios distintos.
La reducción del 40% se aplica a la parte de la prestación en forma de capital que corresponda a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006. Si se perciben varias prestaciones por la misma contingencia de un mismo plan, la reducción solo puede aplicarse a una de ellas. El interesado puede elegir en qué ejercicio aplicar dicha reducción, siempre que se haga dentro del plazo establecido en la disposición transitoria duodécima de la LIRPF.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
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