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V0862-25 22 de mayo de 2025 · SG de Impuestos sobre el Consumo Criterio vigente
IVA · exención

Las comisiones por gestión de préstamos realizadas por un tercero distinto al concedente están sujetas al IVA

Una plataforma que gestiona préstamos entre estudiantes y centros educativos consulta si sus comisiones están exentas de IVA. La DGT responde que, al no ser la consultante la acreedora de los préstamos, sus servicios de gestión no gozan de la exención.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si las comisiones cobradas por la entidad consultante están sujetas y exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido.

El criterio de la DGT

La exención del IVA para la gestión de créditos solo se aplica cuando dicha gestión la efectúa quien concedió el préstamo. En este caso, la consultante presta servicios de organización y administración de préstamos a centros educativos que actúan como prestamistas. Al ser servicios de gestión realizados por un tercero distinto al concedente, las comisiones están sujetas y no exentas de IVA.

Implicaciones prácticas

  • Las comisiones por servicios de organización de préstamos prestados por terceros no gozan de la exención del IVA.
  • La entidad debe aplicar el tipo de IVA correspondiente a sus servicios de gestión de préstamos.
  • La exención queda limitada exclusivamente a la gestión realizada por el propio acreedor del préstamo.

Puntos de planificación

  • Valorar el impacto del IVA en la estructura de costes de las comisiones cobradas.
  • Analizar la naturaleza jurídica de los servicios prestados para determinar su correcta tributación.

Checklist

  • Verificar si la entidad consultante es la acreedora de los préstamos gestionados.
  • Comprobar si los servicios consisten en la organización o administración de créditos para terceros.
  • Confirmar la aplicación del tipo de IVA vigente en las facturas de comisiones de gestión.
  • Revisar que la exención no se aplique indebidamente a servicios de intermediación.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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