El consultante pregunta si puede aplicar la reducción del 40% por el régimen transitorio al rescatar planes de previsión asegurados contratados en 2010 y 2012. La DGT responde que no es posible porque las aportaciones se realizaron íntegramente después del 31 de diciembre de 2006.
Cuestión planteada Posibilidad de aplicar la reducción del 40 por ciento contemplada en el régimen transitorio.
La reducción del 40% del régimen transitorio solo se aplica a la parte de la prestación correspondiente a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006. Si los planes de previsión asegurados se contrataron con posterioridad a esa fecha, todas sus aportaciones son posteriores y no dan derecho a dicha reducción. Las prestaciones de estos planes se consideran siempre rendimientos del trabajo.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.