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V1855-20 ·9 de junio de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La fusión puede acogerse al régimen especial si existen motivos económicos válidos y no es para aprovechar bases negativas

Una empresa consulta si una fusión inversa por absorción puede aplicar el régimen especial de IS, su impacto en IVA, IIVTNU, IRPF e ITP/AJD. La DGT señala que la aplicación del régimen especial dependerá de que la operación tenga motivos económicos válidos y no sea para aprovechar principalmente las bases imponibles negativas.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-06-09PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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