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BOE-A-2026-9504 ·1 de mayo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Los establecimientos comerciales: 1 de enero de 2026 para aplicar el nuevo convenio colectivo

El Convenio colectivo del grupo Unide entra en vigor el 1 de enero de 2026 para los establecimientos comerciales. Su vigencia es hasta el 31 de diciembre de 2028 y puede prorrogarse. El texto se basa en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y en el Real Decreto 713/2010. Se relaciona con el convenio publicado el 7 de junio de 2022.

En 3 claves

  1. Vigencia desde 1 de enero de 2026 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Vigencia hasta 31 de diciembre de 2028 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  3. Prorrogable (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Establecimientos comerciales
  • Con independencia del sector

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Cómo afecta a los implicados

Los establecimientos comerciales deben aplicar el nuevo convenio a partir del 1 de enero de 2026. Los trabajadores en estos establecimientos pasan a estar sujetos a las nuevas condiciones laborales establecidas en el convenio. La administración de trabajo registra y publica el texto como referencia oficial. El plazo de vigencia es de dos años, prorrogable.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-05-01PublicacionPublicación en el BOE
2026-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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