La Resolución de 16 de marzo de 2026 incorpora acuerdos de retribuciones aprobados en Baleares, Navarra y Aragón al VII Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas con fondos públicos. Este cambio afecta a las empresas que cumplen el criterio de sostenibilidad financiera con fondos públicos, y debe aplicarse conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y el Real Decreto 713/2010. Se establece un plazo de tres meses para su adaptación, aunque no se especifica en el texto la fecha de entrada en vigor ni el mecanismo de cumplimiento detallado.
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Aplica a este perfil
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Para las empresas de enseñanza privada sostenidas con fondos públicos, se actualiza el convenio colectivo con nuevas condiciones de retribución, lo que puede modificar los salarios y las condiciones laborales. Los trabajadores podrían ver ajustes en sus remuneraciones. Los asesores y gestoras deben revisar los contratos y ajustar las condiciones laborales según los nuevos acuerdos. Las administraciones regionales podrían tener que actualizar sus registros laborales.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y actualizar condiciones de retribución según los acuerdos de Baleares, Navarra y Aragón | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 |
El equipo fiscal revisa tu situación concreta.