Se publican los convenios suscritos por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el desarrollo de estancias formativas del Instituto de Educación Secundaria Abyla de Ceuta con diversas empresas y organismos (art. 48.8 Ley 40/2015). Estos convenios regulan la fase de formación en centros de trabajo de carácter no laboral para alumnos de Formación Profesional (art. 42.2 LOE y art. 66.4 LO 3/2022). El Ministerio asume la gestión de altas y bajas en la Seguridad Social y el coste no bonificado de la cuota para alumnos de centros públicos (Anexo I).
Aplica a este perfil
Anexo I
Aplica a este perfil
Anexo I
Aplica a este perfil
Anexo I
Para las empresas y organismos colaboradores (como BS Electricistas Ceuta, SL o Eulen Seguridad, SA), la norma formaliza su participación en el proceso formativo de alumnos de FP. Las entidades asumen obligaciones de supervisión, cumplimiento de la programación formativa y provisión de equipos de prevención de riesgos laborales (Anexo I, Undécima). El Ministerio de Educación asume el coste no bonificado de la Seguridad Social para el alumnado de centros públicos (Anexo I).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Garantizar el acceso al tutor del centro docente para la supervisión del proceso formativo | Anexo I, Undécima, a | |
| Cumplir con la programación de actividades formativas acordadas | Anexo I, Undécima, b | |
| Proporcionar equipos de protección individual si el puesto formativo lo requiere | Anexo I, Undécima, d |
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