El Real Decreto 147/2026 modifica el anexo III del RD 1219/2024, estableciendo nuevas condiciones para la concesión de ayudas a inversiones en entidades asociativas de carácter supraautonómico. Se amplía el alcance a estas entidades y se actualizan los criterios de solicitud, en conformidad con el art. 17 de la Ley 38/2003 y el RD 887/2006. El cambio permite una mayor integración de asociaciones agrarias en el marco de la política agrícola común.
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Las entidades asociativas agroalimentarias supraautonómicas pueden acceder a ayudas con nuevas condiciones de solicitud. Los asesores de estas asociaciones deben actualizar sus procedimientos para cumplir con los nuevos criterios del anexo III. Las administraciones regionales y el Ministerio de Agricultura deben revisar sus procesos de evaluación de solicitudes. Las organizaciones interprofesionales podrían beneficiarse de una mayor financiación para proyectos de desarrollo regional.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar el nuevo anexo III del RD 1219/2024 para cumplir con los nuevos criterios de solicitud | anexo III del RD 1219/2024 |
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