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BOE-A-2026-3595 ·16 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Gestorías administrativas: 3 meses para aplicar el nuevo acuerdo de modificación del convenio colectivo

El acuerdo modifica el IX Convenio Colectivo Estatal de Gestorías Administrativas, publicado por resolución de 20 de agosto de 2024. La modificación se regula conforme a art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido por Real Decreto Legislativo 2/2015, y al Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo. La nueva versión se registra y publica por resolución de 30 de enero de 2026.

En 2 claves

  1. Aplicación del nuevo acuerdo del convenio colectivo en gestorías administrativas (art. 90.2 y 3 LST)
  2. Plazo de tres meses para aplicar la modificación (disposición final)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que pertenezcan al sector de gestorías administrativas

Resolución de 20 de agosto de 2024

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Cómo afecta a los implicados

Las gestorías administrativas deben adaptar sus condiciones laborales a la nueva versión del convenio colectivo. El plazo para su aplicación es de tres meses desde la publicación de la resolución. Los trabajadores y empleadores afectados deben revisar los nuevos acuerdos sobre jornada, salario y condiciones de trabajo. No se especifican cambios concretos en el texto, solo se menciona la modificación del convenio.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Revisar y aplicar el nuevo acuerdo del convenio colectivo en gestorías administrativas Resolución de 30 de enero de 2026 3 meses desde la publicación

Línea de vida

2026-02-16PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-16Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 30 de enero de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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