Esta resolución obliga a las empresas que pertenecen al convenio colectivo de elaboradores de productos cocinados para venta a domicilio a registrar y publicar la acta de la comisión paritaria. El procedimiento se basa en el artículo 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010. La acción se realiza en relación con el convenio publicado el 19 de julio de 2022.
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Para las empresas del sector de productos cocinados a domicilio, implica una obligación administrativa de registro y publicación de la acta de la comisión paritaria. Los asesores deben verificar que las empresas cumplan con el plazo y el formato requerido. Las administraciones laborales podrán supervisar el cumplimiento de esta obligación.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Registrar y publicar la acta de la comisión paritaria | art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores | 15 días |
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