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BOE-A-2026-3449 ·14 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Los elaboradores de productos cocinados para venta a domicilio deben registrar el acta de la comisión paritaria dentro de 15 días

La Resolución de 30 de enero de 2026 publica el acta de la comisión paritaria del Convenio colectivo aplicable a elaboradores de productos cocinados para venta a domicilio. Este acta se registra y publica conforme al art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido por el Real Decreto Legislativo 2/2015, y al Real Decreto 713/2010. La obligación de registro se deriva de la normativa vigente y no implica cambios en el contenido del convenio ni en las condiciones laborales.

En 2 claves

  1. Los elaboradores de productos cocinados para venta a domicilio deben registrar el acta de la comisión paritaria (art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores)
  2. El registro se realiza conforme al Real Decreto 713/2010 (Real Decreto 713/2010)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que elaboran productos cocinados para venta a domicilio

art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores

Cómo afecta a los implicados

Los elaboradores de productos cocinados para venta a domicilio deben registrar el acta de la comisión paritaria dentro de 15 días a partir de su publicación (art. 90.2 y 3). Esta acción es obligatoria para mantener la vigencia del convenio colectivo. No afecta a otros sectores ni a trabajadores sin relación de dependencia. El plazo no implica cambios en las condiciones laborales ni en los derechos de los trabajadores.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Registrar el acta de la comisión paritaria del convenio colectivo art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores 15 días desde la publicación de la resolución

Línea de vida

2026-02-14PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-14Entra en vigorEntrada en vigor (resolución de 30 de enero de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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