La ley modifica y añade nuevos artículos a la Ley 3/2012 del Deporte de Galicia, estableciendo nuevos procedimientos administrativos para asociaciones deportivas. Se añaden los artículos 55 bis, 128 bis, 165 y 166, que regulan aspectos como la gestión de licencias, sanciones y trámites de inscripción. Las asociaciones deben adaptar sus procesos administrativos dentro de un plazo de tres meses, de lo contrario podrán ser sancionadas con multas de hasta 15.000 euros por incumplimiento (art. 55 bis, 128 bis).
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Las asociaciones deportivas deben actualizar sus procedimientos administrativos para cumplir con los nuevos artículos. El plazo de tres meses para adaptación genera un riesgo de sanción por incumplimiento, especialmente para las que no cuenten con sistemas internos adecuados. Los asesores y gestores de asociaciones deben revisar los nuevos trámites y asegurarse de que los procesos estén alineados con la nueva normativa. Las administraciones regionales podrán exigir cumplimiento más riguroso de los nuevos procedimientos.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Adaptar procedimientos administrativos para cumplir con los nuevos artículos | art. 55 bis, 128 bis, 165, 166 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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