La Secretaría General de Pesca establece las posibilidades de pesca individuales y las cuotas iniciales para 2026 de los buques de arrastre de fondo en el caladero Cantábrico y Noroeste. Debido a la falta de acuerdo en las negociaciones con Estados Costeros, se aplica un TAC provisional para la caballa (stock MAC/8C3411), asignando a España una cuota provisional de 5.907 toneladas hasta el 30 de junio de 2026 (antecedentes). La resolución detalla la distribución por buque y grupo de buques para especies como rape, jurel, merluza, gallo, bacaladilla, cigala y caballa sur.
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Para los armadores y empresas pesqueras de la modalidad de arrastre de fondo en el Cantábrico y Noroeste, la norma define el volumen máximo de capturas permitido para la campaña 2026, condicionando su actividad comercial (antecedentes). La provisionalidad de la cuota de caballa (5.907 toneladas para España hasta el 30 de junio de 2026) introduce una incertidumbre operativa que depende de las negociaciones internacionales pendientes (antecedentes). Los buques listados deben ceñirse estrictamente a los porcentajes y kilogramos asignados en la resolución para evitar sanciones por sobrepesca.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Ajustar el plan de capturas anual según las cuotas individuales asignadas en la resolución | antecedentes |
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