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BOE-A-2026-2721 ·5 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Empresas distribuidoras de energía eléctrica: se aplica provisionalmente la retribución de 2022 para el ejercicio 2026

La CNMC establece que, de forma provisional, las empresas distribuidoras de energía eléctrica deberán aplicar la retribución aprobada en la Resolución de 6 de noviembre de 2025 (correspondiente al año 2022) para las liquidaciones del ejercicio 2026 (Primero). Esta medida se mantendrá sin considerar los incentivos previstos en dicha resolución hasta que se apruebe la retribución definitiva para 2026 conforme a la Circular 8/2025 (Primero).

En 2 claves

  1. Se aplicará la retribución de 2022 para las liquidaciones de 2026, sin considerar los incentivos (Primero). (Primero)
  2. La resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación (Segundo). (Segundo)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas titulares de instalaciones de distribución de energía eléctrica

Primero

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas distribuidoras de energía eléctrica, la retribución para el ejercicio 2026 queda sujeta a un ajuste provisional basado en los parámetros de 2022, excluyendo los incentivos de aquel año (Primero). Esto implica una incertidumbre regulatoria temporal hasta que la CNMC emita la resolución definitiva basada en la nueva metodología de la Circular 8/2025. Las liquidaciones del ejercicio 2026 se realizarán bajo este marco provisional (Primero).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar la retribución de 2022 (sin incentivos) en las liquidaciones del ejercicio 2026 Primero

Línea de vida

2026-02-05PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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