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BOE-A-2026-2615 ·4 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Empresas de transporte de energía eléctrica: se aplica la retribución de 2022 para las liquidaciones de 2026

La CNMC establece que, de forma provisional, las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica deberán aplicar la retribución aprobada en la Resolución de 12 de marzo de 2025 (correspondiente al ejercicio 2022) para las liquidaciones del ejercicio 2026 (Primero). Esta medida se mantendrá hasta que se apruebe la resolución definitiva para dicho ejercicio conforme a la Circular 5/2019 (Primero).

En 3 claves

  1. Se aplicará la retribución aprobada en la Resolución de 12 de marzo de 2025 (ejercicio 2022) para las liquidaciones de 2026 (Primero)
  2. La medida es provisional hasta que surta efectos la resolución de la CNMC que apruebe la retribución definitiva para 2026 (Primero)
  3. Entrada en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE (Segundo)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica

Primero

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica, la retribución para el ejercicio 2026 queda sujeta a los parámetros de 2022 de forma transitoria (Primero). Esto implica que las liquidaciones del ejercicio 2026 se realizarán con la cuantía de la retribución de 2022 hasta que la CNMC emita la resolución definitiva para 2026 (Primero).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar la retribución de 2022 para las liquidaciones del ejercicio 2026 Primero

Línea de vida

2026-02-04PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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