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BOE-A-2026-16621 ·30 de julio de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Profesionales y entidades: convocatoria de pruebas de aptitud para obtener la capacitación de representante aduanero

La Agencia Estatal de Administración Tributaria convoca las pruebas de aptitud necesarias para acreditar la capacidad de ejercer como representante aduanero (art. 4.2.a RD 335/2010). Los estudios con duración superior a 80 horas lectivas que cubran el temario previsto o el documento de la Comisión Europea podrán solicitar la exención de la prueba teórica (art. 4.2.a.4 RD 335/2010).

En 2 claves

  1. Exención de la prueba teórica para estudios con duración superior a 80 horas lectivas (art. 4.2.a.4 del RD 335/2010)
  2. Materias: normativa tributaria/aduanera, impuestos especiales, contrabando, régimen Canarias/Ceuta/Melilla y transporte internacional (art. 4.2.a del RD 335/2010)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que requieran personal capacitado para actuar como representantes aduaneros

art. 4.2.a del RD 335/2010

Aplica a este perfil

  • Interés en obtener la capacitación como representante aduanero

art. 4.2.a del RD 335/2010

Cómo afecta a los implicados

Para los profesionales interesados en la gestión aduanera, esta convocatoria permite acceder a la habilitación necesaria para realizar declaraciones en Aduana. Aquellos que posean títulos o estudios de más de 80 horas lectivas con contenidos específicos en materia tributaria, aduanera y de transporte internacional, podrán beneficiarse de una exención parcial de la prueba, limitándose únicamente a la parte teórica (art. 4.2.a.4 RD 335/2010).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar solicitud de participación en las pruebas de aptitud art. 4.2.a del RD 335/2010
Solicitar exención de la prueba teórica acreditando estudios de >80 horas lectivas art. 4.2.a.4 del RD 335/2010

Línea de vida

2026-07-30PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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