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BOE-A-2026-1474 ·21 de enero de 2026 ·orden Impacto bajo
Administrativo

Productores de algodón, cáñamo y lino textil: condiciones y plazos para la suscripción del seguro agrario

La Orden APA/21/2026 establece las condiciones técnicas, bienes asegurables y periodos de garantía para el seguro de explotaciones de cultivos industriales textiles dentro del Plan de Seguros Agrarios Combinados (art. 1). La norma regula la cobertura de variedades de algodón, cáñamo y lino textil, así como de instalaciones de riego (art. 1.1), excluyendo explícitamente parcelas de experimentación, semillas o autoconsumo (art. 1.2).

En 3 claves

  1. Suscripción de algodón con cobertura de no nascencia: hasta el 7 de abril (art. 8.a) (art. 8.a)
  2. Suscripción de lino y cáñamo textil: hasta el 15 de agosto, excepto en Alicante y Murcia hasta el 30 de junio (art. 8.c) (art. 8.c)
  3. Exclusión de cobertura para parcelas de experimentación, semillas o autoconsumo (art. 1.2) (art. 1.2)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas agrícolas dedicadas a cultivos industriales textiles

art. 1

Aplica a este perfil

  • Explotadores de cultivos industriales textiles (algodón, cáñamo o lino)
  • Ubicación en provincias de algodón especificadas (art. 6) o territorio nacional para lino/cáñamo

art. 6

Cómo afecta a los implicados

Para los agricultores de cultivos textiles, la norma define los límites de la cobertura, especialmente al excluir producciones de experimentación o en estado de abandono (art. 1.2). Los productores de algodón deben observar plazos de suscripción estrictos que finalizan entre el 7 de abril y el 31 de mayo según la cobertura deseada (art. 8). Los productores de lino y cáñamo tienen hasta el 15 de agosto para suscribir, salvo en Alicante y Murcia, donde el plazo cierra el 30 de junio (art. 8).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Suscribir el seguro de algodón con cobertura de no nascencia antes del 7 de abril art. 8.a 7 de abril
Suscribir el seguro de lino y cáñamo textil (antes del 30 de junio en Alicante y Murcia) art. 8.c 15 de agosto (o 30 de junio en zonas específicas)

Línea de vida

2026-01-21PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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