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BOE-A-2026-13174 ·17 de junio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Sociedades mercantiles: la Dirección General valida la inscripción de ampliaciones de capital con facultades delegadas al Consejo

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa de un registrador mercantil a inscribir una ampliación de capital social. La resolución analiza la validez de los acuerdos de la junta general que delegan en el Consejo de Administración la facultad de ampliar el capital mediante aportaciones dinerarias hasta un límite de la mitad del capital actual (art. 297.1.b LSC). El caso se centra en la correcta formalización de los acuerdos y el respeto a los derechos de suscripción preferente.

En 3 claves

  1. Delegación de ampliación de capital hasta la mitad del capital social actual, art. 297.1.b LSC (art. 297.1.b LSC)
  2. Plazo de un mes para el ejercicio del derecho de suscripción preferente tras publicación en el BORME (Hechos I)
  3. Plazo de 5 años para la ejecución de la ampliación autorizada por la junta (Hechos I)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Sociedades que opten por delegar la ampliación de capital en el Consejo de Administración

art. 297.1.b LSC

Aplica a este perfil

  • Sociedades con estructuras de gobierno que utilicen la delegación de facultades del art. 297 LSC

art. 297.1.b LSC

Cómo afecta a los implicados

Para las sociedades mercantiles, la resolución confirma la viabilidad de delegar en el Consejo de Administración la ampliación de capital bajo los términos del art. 297 de la LSC, siempre que se respeten los plazos de suscripción preferente (un mes desde la publicación en el BORME). Las empresas que utilicen este mecanismo deben asegurar que los acuerdos de la junta general definan con precisión la cuantía máxima y el plazo de ejecución (en este caso, 5 años) para evitar nuevas denegaciones registrales.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Respetar el plazo de un mes para el ejercicio del derecho de suscripción preferente tras publicación en el BORME Hechos I 1 mes
Asegurar que la delegación de ampliación de capital no exceda la mitad del capital social actual art. 297.1.b LSC

Línea de vida

2026-06-17PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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