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BOE-A-2026-12014 ·4 de junio de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas de trabajo temporal: 4 de junio de 2026 para aplicar el convenio colectivo de 360 Recursos Humanos ETT, SL

Se publica el Convenio colectivo de 360 Recursos Humanos ETT, SL, que aplica a empresas de trabajo temporal. El efecto se produce a partir del 4 de junio de 2026 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2030, siendo prorrogable (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015).

En 2 claves

  1. Aplicación del convenio desde el 4 de junio de 2026 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015)
  2. Duración hasta el 31 de diciembre de 2030, prorrogable (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de trabajo temporal
  • Con independencia del tamaño

art. 90.2 y 3 RDL 2/2015

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresas de trabajo temporal
  • Con independencia del tamaño

art. 90.2 y 3 RDL 2/2015

Cómo afecta a los implicados

Las empresas de trabajo temporal deben adoptar el convenio colectivo desde el 4 de junio de 2026. Los trabajadores contratados por estas empresas pasan a estar sujetos a las condiciones establecidas en el convenio. El periodo de aplicación se extiende hasta 2030 y puede prorrogarse (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Verificar si la empresa es de trabajo temporal y aplicar el convenio colectivo desde el 4 de junio de 2026 art. 90.2 y 3 RDL 2/2015 a partir del 4 de junio de 2026

Línea de vida

2026-06-04PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-04Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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