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BOE-A-2026-10967 ·21 de mayo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Empresas en Galicia: 22/05/2026 para aplicar el complemento equiparador autonómico gallego

La Resolución de 11 de mayo de 2026 publica el complemento equiparador autonómico gallego y las tablas salariales para 2026-2029. El efecto se produce a partir del 22 de mayo de 2026 y se aplica en Galicia, en el marco del V Convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015).

En 2 claves

  1. Aplicación del complemento equiparador desde el 22/05/2026 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015)
  2. Tablas salariales vigentes para 2026-2029 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Actividades en Galicia
  • Relacionadas con educación especial, juventud o protección de menores

art. 90.2 y 3 RDL 2/2015

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Actividades en Galicia
  • Relacionadas con educación especial, juventud o protección de menores

art. 90.2 y 3 RDL 2/2015

Cómo afecta a los implicados

Las empresas en Galicia que contratan trabajadores en el ámbito de la educación especial, juventud o protección de menores deben aplicar el complemento equiparador autonómico desde el 22 de mayo de 2026 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015). El salario mínimo se ajusta según las tablas salariales publicadas para 2026-2029. No hay cambios en el régimen de trabajo, solo en la retribución específica. El plazo de aplicación es desde el 22 de mayo de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2029.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar el complemento equiparador autonómico gallego a partir del 22 de mayo de 2026 art. 90.2 y 3 RDL 2/2015 a partir del 22 de mayo de 2026
Adaptar las retribuciones según las tablas salariales 2026-2029 art. 90.2 y 3 RDL 2/2015 hasta el 30 de septiembre de 2029

Línea de vida

2026-05-21PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-22Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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