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V5306-16 14. Dezember 2016 · SG de Tributos Kriterium gültig
IRPF · modelo 720

Modell 720: Keine Deklarationspflicht für Privatkonten des Ehegatten, sofern keine wirtschaftliche Berechtigung vorliegt

Eine EU-Beamtin erkundigte sich, ob sie die Privatkonten ihres Ehemanns sowie andere Auslandsvermögenswerte im Rahmen des Modells 720 angeben muss. Die DGT stellte klar, dass Privatkonten des Ehegatten nicht dem Steuerpflichtigen gehören und somit nicht der Informationspflicht unterliegen, es sei denn, dieser handelt als Vertreter oder wirtschaftlich Berechtigter.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º.- En relación con la Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el Extranjero, ¿Se considera a la consultante titular de las cuentas privativas de su marido?, ¿en que momento?. Si se considera titular de dichas cuentas, ¿en que proporción? ¿Si la proporción de las cuentas de su marido con las propias suyas, no superaran los límites de los 50.000 €, ¿Tendría que presentar el Modelo 720?. En caso que tuviera que declarar, ¿cómo debería hacerlo?

Die Entscheidung der DGT

Las cuentas bancarias privativas del cónyuge no corresponden a la consultante, por lo que no tiene obligación de informar sobre ellas salvo que figure como representante, autorizada, beneficiaria o titular real. En caso de cuentas gananciales, debe informar de su 50% de participación si se superan los límites de 50.000 euros. Los planes de pensiones extranjeros no están incluidos en la obligación informativa, a menos que permitan el rescate en términos similares a un seguro de vida.

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