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V5125-16 28. November 2016 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · derecho a la deducción

Abzug der Vorsteuer auch bei verspäteter Vorlage möglich, sofern die Verjährungsfrist nicht abgelaufen ist

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob er im Jahr 2015 Rechnungen aus dem Jahr 2013 abziehen kann, die er im Rahmen einer Prüfung irrtümlich nicht vorgelegt hat. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, sofern die vierjährige Verjährungsfrist noch nicht abgelaufen ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Posibilidad de deducir en 2015, las facturas no deducidas, por error, en 2013

Die Entscheidung der DGT

El derecho a la deducción puede ejercitarse en la declaración-liquidación del periodo en que se soportaron las cuotas o en los sucesivos, siempre que no hayan transcurrido cuatro años desde el nacimiento del derecho. Para ello, es necesario poseer el documento justificativo que cumpla los requisitos legales. Si no se incluyeron las cuotas en su momento, se pueden deducir siempre que no haya operado la caducidad establecida en el artículo 100 de la Ley 37/1992.

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