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V4679-16 4. November 2016 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · no sujeción

Abfallentsorgungsdienst eines Konsortiums an seine Mitgliedsgemeinden nicht umsatzsteuerpflichtig

Ein Abfallentsorgungskonsortium erkundigt sich, ob die Gebühr für den Abfallsammeldienst der Umsatzsteuer unterliegt. Die DGT stellt fest, dass die Dienstleistung nicht steuerpflichtig ist, wenn sie an die dem Konsortium angehörigen Gemeinden erbracht wird. Bei Dienstleistungen an andere, nicht angehörige Gemeinden liegt jedoch eine Umsatzsteuerpflicht vor.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto del precio público para el pago del servicio de recogida de residuos por los municipios integrantes del consorcio (directamente o a través del Consejo comarcal) y otros municipios que no forman parte de forma directa o indirecta del Consorcio.

Die Entscheidung der DGT

Los servicios prestados por entes del sector público a las Administraciones Públicas de las que dependen, cuando estas ostentan la titularidad íntegra de los mismos, no están sujetos al IVA. Por tanto, el servicio de recogida de residuos no está sujeto cuando se presta a los municipios integrados en el consorcio o a través del consejo comarcal. Sin embargo, el servicio estará sujeto al impuesto cuando los destinatarios sean municipios no integrados en el consejo comarcal o de los que no dependa el consorcio. En caso de realizar operaciones sujetas y no sujetas, se aplicará un criterio razonable y homogéneo de imputación para la deducción del impuesto soportado.

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