Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V3782-15 30. November 2015 · SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior Kriterium gültig
IVA · régimen suspensivo

Rohstoffe, die nicht der Verbrauchssteuer unterliegen, können nicht das suspensive Verfahren dieser Steuern anwenden

Ein Hydrokarbonhersteller erkundigt sich, ob Rohstoffe und Halbzeuge, die nicht der Verbrauchssteuer unterliegen, das suspensive Verfahren für Verbrauchssteuern sowie das Verfahren der Lagerhaltung außerhalb der Zollüberwachung für die MwSt. in Anspruch nehmen können. Die DGT antwortet, dass Produkte, die nicht Gegenstand von Verbrauchssteuern sind, weder das suspensive Verfahren nutzen noch von der mit diesem Verfahren verbundenen MwSt.-Befreiung profitieren können.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar el régimen suspensivo de impuestos especiales a estas materias primas, semielaborados y otros materiales distintos de los sujetos a impuestos especiales y, por tanto, de considerarlos vinculados al régimen suspensivo del depósito distinto del aduanero a los efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Die Entscheidung der DGT

El régimen suspensivo de impuestos especiales solo es aplicable a productos que forman parte del ámbito objetivo de dichos impuestos. Las materias primas, semielaborados o materiales que no son objeto de impuestos especiales no pueden estar en régimen suspensivo ni considerarse vinculados a este para efectos del IVA. Aunque otros bienes pueden vincularse al régimen de depósito distinto del aduanero según la norma Quinta del Anexo de la Ley 37/1992, en este caso no lo harán mediante el régimen suspensivo de los impuestos especiales.

E-Mail
Kontakt