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V3566-15 18. November 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IVA · entidad sin ánimo de lucro

Umsatzsteuerliche Behandlung von Beiträgen, Spenden und Vereinbarungen bei gemeinnützigen Vereinen

Ein gemeinnütziger Verein erkundigt sich nach der Umsatzsteuerbehandlung seiner Beiträge, Spenden und Dienstleistungen. Die DGT stellt klar, dass Mitgliedsbeiträge von der Umsatzsteuer befreit sein können, wenn sie kollektiven Zwecken dienen, während Spenden nicht steuerpflichtig sind, sofern keine Gegenleistung erfolgt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º) Se plantean diversas cuestiones descritas en el texto de la contestación en relación con el tratamiento fiscal a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y las obligaciones formales que puedan incumbirle en relación al tratamiento de las cuotas y eventuales donativos que pudiera percibir en el futuro.

Die Entscheidung der DGT

Las prestaciones de servicios a los miembros de entidades sin ánimo de lucro están exentas de IVA si no se percibe contraprestación distinta a las cuotas fijadas en los estatutos. Los donativos no constituyen operaciones sujetas a IVA siempre que no sean la contraprestación de un servicio. Los convenios de colaboración empresarial bajo la Ley 49/2002 no implican prestación de servicios, pero los contratos de patrocinio publicitario sí están sujetos al impuesto.

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