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V3491-19 20. Dezember 2019 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · modelo 720

Keine Pflicht zur Abgabe des Formulars 720, wenn der Immobilienwert nicht um mehr als 20.000 Euro steigt

Eine Gesellschaft erkundigt sich, ob sie ein Ladenlokal in Portugal jährlich über das Formular 720 melden muss, wie die Umsatzsteuerpflicht für ihre Ausgaben aussieht und ob eine Registrierung im ROI erforderlich ist. Die DGT stellt klar, dass die Meldepflicht nach dem Formular 720 nur dann erneut ausgelöst wird, wenn der Wert der Vermögenswerte im Vergleich zur letzten Erklärung um mehr als 20.000 Euro gestiegen ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Corrección de la obligación de declarar el inmueble en el modelo 720 cada año, así como sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones descritas de las que la consultante es destinataria y obligación de la consultante de figurar registrada en el Registro de Operadores Intracomunitarios.

Die Entscheidung der DGT

La obligación de presentar la declaración informativa anual sobre bienes en el extranjero solo es obligatoria en años sucesivos si el valor conjunto de los bienes ha experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto al de la última declaración presentada. Respecto al IVA, los servicios de agencia inmobiliaria y certificación energética de un inmueble en Portugal no están sujetos al impuesto español por ser servicios relacionados con bienes inmuebles situados fuera del territorio de aplicación. La inscripción en el ROI dependerá de si la normativa portuguesa prevé la inversión del sujeto pasivo para estos servicios.

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