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V3475-15 12. November 2015 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Kriterium gültig
IP · actividad económica

Keine Befreiung von der Vermögenssteuer bei wirtschaftlicher Tätigkeit durch eine instrumentelle Gütergemeinschaft

Es wird geprüft, ob die Gründung einer Gütergemeinschaft (comunidad de bienes) durch Gesellschaften zur Vermietung von Immobilien es ermöglicht, eine wirtschaftliche Tätigkeit auszuüben und somit die Befreiung von der Vermögenssteuer in Anspruch zu nehmen. Die DGT stellt fest, dass dies nicht zulässig ist, da die Tätigkeit der Einheit selbst zuzurechnen sein muss und nicht die einer instrumentellen Einheit.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si cabe considerar la existencia de una actividad económica de arrendamiento de inmuebles en sede de las sociedades familiares. Si la participación de los socios en éstas quedaría exenta en el Impuesto sobre el Patrimonio y, en su caso, procedería la reducción del 95% prevista en el artículo 20.2.c) de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Die Entscheidung der DGT

La actividad de la comunidad de bienes se califica como económica al contar con personal contratado, pero esto no transmite dicha naturaleza a las sociedades comuneras. Para la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio, la entidad debe realizar una actividad económica por sí misma según el artículo 27.2 de la Ley 35/2006. No se admite que la exigencia de actividad económica se cumpla de forma indirecta a través de una entidad instrumental. Por tanto, no procede la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio ni la reducción en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

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