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V3468-15 12. November 2015 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · servicios prestados por vía electrónica

Internet-Werbedienstleistungen gelten nicht als elektronisch erbrachte Dienstleistungen

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob die Verbreitung von Angeboten und Werbung über ein Internetportal eine elektronisch erbrachte Dienstleistung darstellt. Die DGT stellt klar, dass sich die Art der Werbedienstleistung durch das genutzte telematische Medium nicht ändert.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se cuestiona acerca de la calificación de las operaciones efectuadas por la consultante como servicios prestados vía electrónica y el lugar de realización de las mismas.

Die Entscheidung der DGT

Los servicios de publicidad deben calificarse como tales independientemente de si se materializan por medios electrónicos o no. El uso de una página web para insertar anuncios no convierte el servicio de publicidad en un servicio prestado por vía electrónica. La localización de estos servicios se rige por la regla general del artículo 69.Uno de la Ley del IVA.

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