Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V3332-14 15. Dezember 2014 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · régimen especial de agencias de viajes

Veranstaltungsorganisation: Steuerpflicht als Einzelleistung oder nach dem Sonderregime für Reisebüros

Es wird die Frage der Umsatzsteuerpflicht für Veranstaltungsorganisationsdienstleistungen (MICE) sowie deren Anwendbarkeit des Sonderregimes für Reisebüros geprüft. Die DGT stellt klar, dass die Organisation von Kongressen in der Regel eine Einzelleistung darstellt und legt die Regeln zur Bestimmung des Leistungsortes in Abhängigkeit vom Empfänger fest.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción de las operaciones al Impuesto sobre el Valor Añadido.

Die Entscheidung der DGT

La organización de congresos o eventos suele ser una prestación única compuesta por elementos estrechamente ligados. Si el organizador incluye servicios de transporte o alojamiento accesorios, estos se integran en el servicio único de organización y no aplican el régimen especial de agencias de viajes. El régimen especial de agencias de viajes se aplica cuando se vende en nombre propio un servicio de acceso (entrada) junto con transporte o alojamiento. La localización de la prestación única de organización depende de la sede del destinatario si es empresario, o de la realización material en España si no lo es.

E-Mail
Kontakt