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V3298-20 6. November 2020 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · sujeción

Spenden, die gewerbliche Rabatte bei der Stromversorgung gewähren, unterliegen der MwSt.

Ein Energieunternehmen fragt an, ob erhaltene Spenden der Mehrwertsteuer unterliegen oder von ihr befreit sind. Die DGT stellt fest, dass keine MwSt. anfällt, wenn die Spende freiwillig und ohne geschäftlichen Bezug erfolgt. Gewährt die Zahlung jedoch ein Recht auf ermäßigte Tarife, handelt es sich um eine steuerpflichtige Leistung.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido de los donativos descritos y, en su caso, posible aplicación a los mismos de la exención prevista en el artículo 20.Uno.12º de la Ley 37/1992.

Die Entscheidung der DGT

Los donativos de terceros sin vínculo comercial no son operaciones sujetas al impuesto al no ser contraprestación de servicios. Sin embargo, si el donativo es una cuantía fija que otorga al cliente el derecho a condiciones comerciales ventajosas (descuentos), se entiende que existe un vínculo directo y se producen dos operaciones: la cesión del derecho a descuento y el suministro eléctrico. Estos donativos no pueden acogerse a la exención de entidades sin ánimo lucrativo porque satisfacen un interés particular y no el interés colectivo de los miembros.

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