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V3209-20 27. Oktober 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Absorptionsfusion kann unter das Sonderregime fallen, wenn sie aus triftigen wirtschaftlichen Gründen erfolgt

Es wird geprüft, ob eine Absorptionsfusion zwischen zwei Unternehmen das Sonderregime der Körperschaftsteuer in Anspruch nehmen kann und ob die dargelegten Gründe wirtschaftlicher Natur sind. Die DGT stellt fest, dass die Transaktion unter das Sonderregime fallen kann, sofern sie die handelsrechtlichen und steuerlichen Anforderungen erfüllt und nicht primär auf eine Steuerersparnis abzielt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la citada operación de fusión podría acogerse al régimen tributario especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y en particular, si los motivos expuestos pueden considerarse económicamente válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial, la fusión debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. Los motivos de simplificación administrativa, concentración de patrimonio, solvencia y estabilidad pueden considerarse económicamente válidos según el artículo 89.2 de la LIS. La existencia de bases imponibles negativas no impide el régimen si la operación no busca preponderantemente su aprovechamiento y se mantienen las actividades. La valoración final dependerá de la realidad de los hechos y de que no exista un propósito principal de fraude o evasión.

Auf einen konkreten Fall anwenden

Was hier veröffentlicht wird, angewandt auf ein Unternehmen oder einen konkreten Fall. Das erste Gespräch ist kostenlos.

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