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V3093-16 4. Juli 2016 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · prorrata de deducción

Finanzerträge von der Umsatzsteuer-Pro-rata-Berechnung ausgeschlossen, wenn sie als Nebenleistungen oder nicht gewöhnliche Geschäfte gelten

Ein Energieunternehmen erkundigte sich, ob seine steuerbefreiten Finanzerträge in die Berechnung der Umsatzsteuer-Vorsteuerquote (Pro-rata) einzubeziehen sind. Die DGT stellt klar, dass dies davon abhängt, ob diese Vorgänge als gewöhnliche wirtschaftliche Tätigkeit oder als Nebenleistungen einzustufen sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si los rendimientos financieros obtenidos se computan en la prorrata de deducción de la entidad.

Die Entscheidung der DGT

Para que los rendimientos financieros se incluyan en la prorrata, deben constituir una actividad económica habitual con medios organizados. Si son operaciones accesorias, se excluyen del cálculo. La accesoriedad se determina mediante dos requisitos: uno cualitativo (relación con la actividad principal y uso limitado de bienes/servicios con IVA) y uno cuantitativo (que no sean más importantes que la actividad principal, aunque el volumen de ingresos por sí solo no determina la calificación).

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