Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V2864-16 22. Juni 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · ganancia patrimonial

Befreiung von der Einkommensteuer bei Unternehmensspenden erfordert 10-jährige Haltedauer nach staatlichem Recht

Der Anfragende möchte wissen, ob die Schenkung einer Apotheke die staatliche und regionale Ermäßigung der Schenkungsteuer (ISD) ermöglicht und ob dies die Einkommensteuerbefreiung (IRPF) beeinflusst. Die DGT stellt klar, dass die Einkommensteuerbefreiung für den Schenker von der Erfüllung der Anforderungen des Artikels 20.6 des ISD-Gesetzes abhängt. Dies schließt die 10-jährige Haltedauer ein, wobei eine kürzere regionale Ermäßigungsfrist für die Einkommensteuerbefreiung unerheblich ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si resulta aplicable a la donación la reducción establecida en el citado apartado 6 del artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y la exención de la ganancia patrimonial prevista en el artículo 33.3.c) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y si la reducción antes referida podría ser "complementada" por la establecida por la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha, sin que ello interfiriera en la exención en el IRPF.

Die Entscheidung der DGT

Para que no exista ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF del donante por la transmisión del inmovilizado afecto, deben cumplirse los requisitos del artículo 20.6 de la Ley 29/1987. Esto implica que el plazo de permanencia exigido es el de diez años previsto en la norma estatal y no el de cinco años de la normativa de Castilla la Mancha. La aplicación de una reducción adicional autonómica es irrelevante para la exención en el IRPF siempre que se cumplan los requisitos estatales.

E-Mail
Kontakt