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V2849-16 22. Juni 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · deducción por inversión en vivienda habitual

Übergangsregelung für die Steuerermäßigung beim Erwerb des selbstgenutzten Wohneigentums gilt nicht für Anteile aus der Aufhebung einer Miteigentümergemeinschaft nach 2012

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob er die Steuerermäßigung für Investitionen in den selbstgenutzten Wohnsitz auf den Teil der Immobilie anwenden kann, den er 2015 durch die Aufhebung einer Miteigentümergemeinschaft (Proindiviso) erworben hat. Die DGT stellt fest, dass dies für diesen neuen Anteil nicht möglich ist, da die Voraussetzung nicht erfüllt wurde, dass für diesen spezifischen Anteil bereits vor 2013 eine Steuerermäßigung in Anspruch genommen wurde.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada A. Si le es de aplicación el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual, permitiéndole practicarla en función de las cantidades que satisfaga relacionadas con la parte indivisa adquirida con posterioridad a 2012, por adjudicación en la disolución del proindiviso, en particular con las vinculadas con la mitad del nuevo préstamo hipotecario -con el que continúa financiando la adquisición de la vivienda-, y que se correspondería con la citada mitad indivisa.

Die Entscheidung der DGT

La deducción por inversión en vivienda habitual solo es aplicable a la parte de la vivienda adquirida o construida con anterioridad a 2013, siempre que se haya practicado la deducción por dicha parte en periodos anteriores. Respecto a la cuota indivisa adquirida posteriormente por extinción de condominio, no es posible aplicar el régimen transitorio. No obstante, las cantidades pagadas por un nuevo préstamo que sustituya al anterior sí son deducibles en la parte proporcional que corresponda a la amortización del préstamo original destinado a la adquisición de la parte de la vivienda que sí cumple los requisitos.

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